Duda sobre cláusula de Hipoteca
Hemos pactado con el. Banco una hipoteca a interés fijo con comisión por amortización total y parcial del 0%. Nos han pasado borrador con una cláusula que parece indicar que es posible que tengamos que pagar alguna comisión adicional por amortización. La cláusula es la siguiente, ¿podéis indicarme si realmente al amortizar tendré que pagar o no algún importe? Cláusula : 4.5. Cálculo de la pérdida financiera. La pérdida financiera sufrida en el momento de realizarse el reembolso anticipado se calculará, proporcionalmente al capital reembolsado, por diferencia negativa entre el capital pendiente en el momento del reembolso anticipado y el valor presente de mercado del préstamo.
El valor presente de mercado del préstamo se calculará como la suma del valor actual de las cuotas pendientes de pago hasta la siguiente revisión del tipo de interés o hasta la fecha de vencimiento del préstamo si no se realiza ningún tipo de revisión y del valor actual del capital pendiente que quedaría de no producirse la cancelación anticipada.
De conformidad con lo establecido en el art. 28 de la Orden EHA/2899/2011, modificada por la Orden ECE/482/2019, el tipo de interés de actualización será el de mercado aplicable al plazo restante hasta la siguiente revisión o hasta la fecha de vencimiento del préstamo si no se realiza ningún tipo de revisión. A estos efectos, se considerarán índices o tipos de interés de referencia, los tipos Interest Rate Swap (IRS) al plazo del préstamo que reste desde el reembolso anticipado hasta la fecha de revisión del tipo de interés, o hasta la fecha de vencimiento del préstamo, de entre los publicados por el Banco de España a 2, 3, 4, 5, 7, 10, 15, 20 y 30 años y a los que se añadirá un diferencial.