¿Presentar 2 pago fraccionado modelo 202 modalidad 40.3?

Suponemos una empresa con alta en actividad en septiembre de este año.

La asesoría que nos presentó el modelo 202 se acogió a la modalidad 40.3 del pago fraccionado. Resulta que ahora hasta febrero no se puede renunciar.

Me dicen que no tenemos que presentar ni pago fraccionado ahora ni en diciembre y no entiendo por qué ya que esa modalidad se basa en las bases imponibles del año en curso, ¿no es así?

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El primer año no se presenta ningún pago fraccionado, eso no obsta como bien dice que es una tontería optar por el 40.3 en ese año, porque realmente cuando se opta es en Febrero del año siguiente como bien dice.

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Si han dado el alta en setiembre, no tienen que presentar nada hasta enero.

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