¿Ha de pagar la comunidad la ascendente?

La propiedad del 3º centro han estado haciendo obras de acondicionamiento de la vivienda. Han ¡Nstalado radiadores de calefacción, pero han comprobado que el agua no llega a los m¡Smos, por falta de presión. La propiedad ha solicitado la posibilidad de instalar nueva ascendente de agua en la vertical de los pisos centro, debe la comunidad costear esta mejora o por el contrario puede autorizarla y que la page el interesado ya que es el único que pretende hacer esta acometida de calefacción en su vivienda,.

4 Respuestas

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Lo que deberían contratar es la realización de un informe que constate esa falta de presión porque tal puede ser debida a la mala instalación dentro de la vivienda.

¿Tiene más plantas por encima construidas ese edificio? Si es que si, ¿Ellos tienen presión?

Hasta la fecha nadie se ha quejado y hay una planta más arriba

Pues puede que sea algo de la instalación del vecino. Queda a cargo de la comunidad, en junta, si aprueba la obra pertinente. Si la junta por mayoría decide pagarlo así deberá ser. De lo contrario tu vecina tiene la presión que tiene y será ella privadamente quien tenga que solucionarlo.

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Ante todo hay que sabe si estamos hablando de un sistema de calefacción comunitario o individual.

Individual , 

Debe de ser una acometida con gas cada vivienda tiene su calefacción individual y no todos tienen acometida

En tal caso debe solicitar autorización de la Comunidad para hace esa obra que correrá por cuenta y riesgo de la parte interesada.

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Sí. La comunidad debe autorizar la obra y correrán los gastos por cuenta del beneficiario.

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Pues de entrada habría que saber con certeza si es verdad o no esa afirmación. ¿En ese edificio no existen más calefacciones?

La propiedad podrá solicitar en junta y demostrar que el cambio de la ascendente es necesario.

Porque la vecina del 3°A puede decir que no existe tal problema y que la propiedad del 3° centro la calefacción eléctrica o aire acondicionado.

¿Lo mejor? Que sevle permita esa obra y que la abone el 3° centro

Pero que dice la ley de la propiedad horizontal cuál es la legalidad?

La LPH no recoge todos los casos, solo generaliza,

Y depende de lo indicado anteriormente

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