Dos administradores de fincas en una reunión de vecinos

Ante la duda o sospecha de la posibilidad de que el administrador no informe correctamente sobre la aprobación de instalación del ascensor y de que el presidente se niegue a incluir puntos en el orden del día, estamos pensando en llevar a un segundo administrador de fincas que realice un acta y de fe de lo que suceda en la reunión.

¿Es esto posible?

¿Qué consecuencias puede tener o que cuestiones deberíamos valorar para hacerlo?

Respuesta

Pueden llevar un notario para que de fe de lo que suceda pero como bien dicen deben o bien autorizar su presencia los vecinos o bien darle algino de usredes la representación.

Grabar también pueden pero igualmente deben contar con la aprobación de los asistentes.

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Respuesta
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Sólo puede haber un Acta por reunión, redactada por el Secretario (el Secretario habitual o uno nombrado para la Junta).

Por otra parte, un Administrador no dará fe. Es una persona más. En todo caso, quien podría dar fe, sería un notario.

Y, finalmente, ustedes pueden llevar a alguien, pero será la Junta la que decida si esta persona puede asistir o no a la reunión (salvo que acuda en representación de algún propietario).

Respuesta

Graben la junta

¿Y qué hacemos con la grabación? Al juzgado no va a querer ir nadie

A parte de que a una junta no puede ir nadie a no ser que represente a un propietario, ¿quién le ha dicho usted que un administrador puede dar fe de algo?

Eso es como si va el camarero del bar más próximo

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