Elección de Presidente de la Comunidad de vecinos

Se celebra la junta ordinaria, se procede a la renovación de cargos y se presentan para ser presidente un propietario y el antiguo presidente que lleva ya 6 años. Por votación siempre sale el mismo por mayoría simple en votos y coeficientes. ¿No se puede considerar esto una discriminacion? ¿No se tendría que votar entre los candidatos que no han ejercido nunca el cargo? En caso de que haya alguna ley que lo ampare, ¿qué artículo del código civil catalán lo indica?

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"¿No se puede considerar esto una discriminación? ¿No se tendría que votar entre los candidatos que no han ejercido nunca el cargo? "

No.

"En caso de que haya alguna ley que lo ampare, ¿qué artículo del código civil catalán lo indica?"

El artículo 553.15.5, que dice:

"El ejercicio de los cargos es obligatorio, a pesar de que la junta de propietarios puede considerar la alegación de motivos de excusa fundamentados. La designación se efectúa, en defecto de candidatos, por un turno rotatorio o por sorteo entre las personas que no han ejercido el cargo."

Cuando no hay candidatos, se eligen por turno o sorteo entre los que no han ejercido el cargo. Pero si hay candidatos, se elige entre ellos.

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