Como se deshace un empate a votos para no renovar al administrador

Ni os imagináis que administradora tenemos en la comunidad y lo que llega a hacer, después de mucho esfuerzo y muchas horas de trabajo y de concienciar a la gente conseguí que en la votación celebrada el lunes, en el apartado de renovación del cargo de administradora, se produjo un empate a 7, una votación en la que mas de la mitad de los propietarios no viven en el edificio y no hemos podido explicarles el porque pedimos su cese, ella amparándose en la Ley de protección de Datos, no nos da los datos de notificación de estos propietarios, ya le he comentado que la Agencia Española de Protección de Datos no impide que en los casos en los que por ejemplo se precise de estos datos por ejemplo para una convocatoria de una junta extraordinaria el administrador no debería de oponerse, pero esta señora se lo pasa todo por el forro, mirad hasta donde llega que los nombramientos de cargos siempre los hemos echo por rotación, pues como me toca a mi ser presidente y ella no quiere gente que le pida explicaciones, se atrevió a sugerir para elegir presidente la opción de voluntarios o sorteo, la caradura, al final me nombro a mi eso si, de vice presidente puso a una de su confianza que por rotación no le toca., aún no me fío de que cuando envié el acta de la junta no aparezca yo como presidente, capaz es de no contar conmigo en todo el ejercicio, padece increíble pero es así.

No me enrollo mas pero es que estoy muy quemado, que pasa en este caso que ha quedado 7 a 7 la votación, ella no ha dicho ni propuesto nada y tiene la intención de seguir.

2 respuestas

Respuesta
1

Si hay empate, no hay acuerdo. La única forma de deshacer el empate es volver a votar o llevar el asunto al juzgado.

Respuesta

Si sumando los coeficientes y los votos persiste el empate tendrán que hacer una nueva votación.

¡Gracias! 

Hola, los votos si que son empate pero los coeficientes suman mas ligeramente de aquellos que hemos votado en contra, creo que no lo he dicho pero hablamos de Barcelona, por lo que se rige el código civil de Cataluña libro V, en el artículo 553-25 en el punto 3 dice lo siguiente

3. Para el cálculo de las mayorías se computan los votos y las cuotas de los propietarios que han participado en la votación de cada uno de los puntos del orden del día, sea de modo presencial, sea por representación o por delegación del voto. En los casos en que un elemento privativo pertenezca a varios propietarios, estos tienen conjuntamente un único voto indivisible por razón de la propiedad de dicho elemento privativo. La adopción del acuerdo por mayoría simple requiere que los votos y cuotas a favor superen los votos y cuotas en contra.

Fijados en el final que he marcado en negrita, entiendo que si en el orden del día se vota la renovación del cargo de administrador y esta votación acaba en empate y los coeficientes se decantan por el lado de la no renovación, a mi modo de entender no debe de renovarse, pero es que he consultado a algunos administradores y unos me dicen que no se renueva y otros que al haber un empate en votos ha de seguir, pero no se dice que para renovar el cargo se precisa una mayoría simple?

Que opináis en virtud de este artículo del código civil?

La reunión se hizo al día 1 y a día de hoy ni se ha dignado a decir nada, ni tan siquiera a enviar el acta de la misma cuando ha de hacerlo como máximo en 10 días

Saludos y gracias por vuestras opiniones

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