Debo elevar a público el reparto de lotes de una donación.
En un donación de mis padres se recoje que al fallecimiento de uno el usufructo se repartiría a sextas partes iguales si se lleva a documento publico estos lotes aún por hacer la división horizontal y si la división horizontal está echa el usufructo será del hijo que ostente la nuda propuedad dado que en mi caso en el reparto de lotes el mio está en gananciales siendo madre la usufructuaria no me correspondería el usufructo pero si a mi hermano que es el lote privativo de mi padre pero según escritura para eso hay que elevarlo a documento publico y no está porque hay pendiente división horizontal de propiedades
Puedo negarme elevar el documento publico alegando modificaciones el las propiedades donadas o es mejor hacer la división elevarlo a público y no pagar impuestos