Cuando se liquidan los impuestos y quien en un contrato de compra-venta privado
En la declaración de herederos al fallecer mi madre en 2016 nos adjudican de una finca rústica, a mi padre el 50% de propiedad plena y el usufructo y al resto de los hijos, que somos 7, el resto del 50% como nuda propiedad. La finca rústica está en Extremadura y su superficie es como de media hectárea
Ahora unos de mis hermanos quiere comprar la finca y para ello hemos pensado hacer un documento privado donde mi padre de vende el usufructo y su nuda propiedad y el resto nuestras nudas propiedades.
Tengo muchas preguntas al respecto:
Esto podemos hacerlo y que el comprador decida formalizar la compra a su criterio.
¿Qué ocurre si mi padre fallece antes de que esté formalizado en escritura pública?
¿Cuál es el valor de adquisición del bien, es el mismo para mi padre que para los hijos?
Si acordamos pagos aplazados ¿Cuándo declaramos los ingresos?