Derrama terraza comunitaria

Vivo en el último piso y encima tengo la terraza comunitaria. Cuando llueve tengo goteras en dos habitaciones y la cocina. Como consecuencia de ello, tengo, en la habitación de matrimonio, una pared para picar y enyesar, toda llena de moho, que limpio y vuelve a salir, huele muy fuerte y a veces cuesta respirar; ahora me está saliendo moho en el techo de la cocina y en el techo y paredes de la otra habitación. El seguro de la finca me va a indemnizar, pero antes hay que arreglar el

Muro de la terraza, ya que el suelo está muy bien. Mi problema es el siguiente, pronto tendremos una reunión para ver el presupuesto y ya sé de antemano que algunos no van a querer pagar, ya que hay vecinos que deben a la comunidad, y un piso que o está embargado o se va a embargar. Si los vecinos no pagasen y lo hubiera dinero, qué puedo hacer. Se está haciendo casi imposible utilizar la habitación de matrimonio por moho, no creo que Sanidad permitiese vivir así...

2 respuestas

Respuesta

Si hubiera vecinos que no pagan, la Comunidad deberá reclamarlo por vía legal. Y si falta dinero para iniciar la obra, deberá aprobarse una derrama superior. Es decir, que los propietarios que pagan adelantarán el dinero de los que no lo hacen. Es injusto, pero así funcionan las cosas.

Respuesta

Si la comunidad no atiende a su problema puede hacer lo sigiente,

En junta usted informe de lo que indica el art. N° 10 de la LPH.

Artículo 10: Obras de conservación y accesibilidad

1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:

a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación

Si el problema no se solucciona despues de la junta remita burofax con acuse de recibo al presidente y le indica que:

Acongiendose a la sentencia del tribunal supremo de 2/2/2016,

En caso que la comunidad muestre la pasividad indicada en dicha sentencia y no proceda de forma inmediata a la soluccion de su problema, usted abonará dicha reforma acogiendose a dicha sentencia, para despues reclamar judicialmente a la comunidad dicho abono

Sentencia del tribunal supremo de 2 de febrero de 2016 establece que:

«Sólo procederá el reembolso por la comunidad de propietarios al comunero que haya ejecutado unilateralmente obras en zonas comunes cuando se haya requerido previamente al secretario-administrador o al presidente advirtiéndoles de la urgencia y necesidad de aquéllas. En el caso de no mediar dicho requerimiento, la comunidad quedará exonerada de la obligación de abonar el importe correspondiente a dicha ejecución. No quedará exonerada si la comunidad muestra pasividad en las obras o reparaciones necesarias y urgentes».

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