Si hay convenio de divorcio y uno de los cónyuges compra al otro la parte del piso que tenían en común,está exento de pagar ITP?

Cuando un cónyuge decide comprar al otro la parte del piso donde vivían y que era propiedad de los dos, y lo hacen constar de mutuo acuerdo en el convenio de divorcio, ¿el qué compra está exento de pagar el ITP?

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto que les ayude con su caso concreto.

Una cuestión es el acuerdo de divorcio y otra la disolución del condominio o de la sociedad ganancial si así se casaron.

Efectivamente la disolución del condominio supone un ahorro fiscal importante, pues se paga por Actos Jurídicos, en lugar de por Transmisiones. Pero hay que estudiar su caso concreto y las posibles cargas hipotecarias.

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