Me pueden despedir con un despido colectivo por razones objetivas de naturaleza productiva y organizativa

Mi empresa nos ha comunicado la intención de iniciar un procedimiento de despido colectivo. Somos una empresa de 122 trabajadores y la empresa se está basando en razones objetivas de naturaleza productiva y organizativa. El personal está prestando los servicios en una administración pública y la empresa ha perdido ese contrato y supuestamente no se admite subrogacion. Las cuestiones son las siguientes:

Existe otra figura de despido o por el número de trabajadores se deben acoger a este tipo de despido

Si los trabajadores consideramos que no se pueden acoger a ese tipo de despido como debemos proceder.

De esos 122, 25 trabajadores tienen contrato de obra y les comunican que pasan a ser indefinidos y que se tienen que acoger al despido colectivo, lo pueden estar haciendo para poder acogerse al despido colectivo.

No tenemos sindicato como debemos proceder.

Espero que me podáis ayudar a resolver todas estas preguntas.

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Respuesta

La empresa os puede despedir con despido colectivo, objetivo o con cualquier tipo de despido, otra cosa es que vosotros estéis conformes. Por lo que en estos casos lo que recomiendo es cuando os den la carta de despida poner "NO CONFORME" y acudir a un abogado porque solo hay 20 dias para impugnar el despido desde que se notifica el mismo.

Os dejo mi mail por si llegado el momento necesitais que lo revise: [email protected]

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