¿Quién paga la plusvalía en este caso?

Mi padre tenía un porcentaje de la propiedad de una vivienda. Tras su fallecimiento, dicha participación se reparte de la siguiente manera:

- Una tercera parte para mí en pleno dominio

- Una tercera parte para mi hermano en pleno dominio

- Una tercera parte para mi madre como usufructuaria vitalicia

- Una sexta parte para mi hermano y otra sexta parte para mí en nuda propiedad

Hemos vendido el piso y el Ayuntamiento nos gira tres recibos: una para mí por mi participación en pleno dominio, otra para mi hermano por su participación en pleno dominio y otra a mi madre por su participación en usufructo vitalicio. ¿Esto es correcto?. ¿Mi madre debe liquidar el impuesto por su participación como usufructuaria?. Pensaba que nos correspondía liquidar el impuesto a mi hermano y a mí al 50% por ser los propietarios.

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Respuesta
1

Si, se ha de liquidar la plusvalía de la parte de usufructo.

Además de la parte de ustedes.

Y cuando consoliden el dominio, también pagarán ustedes (por heredar de su madre).

No me refiero a la plusvalía generada tras la herencia de mi padre, me refiero a la plusvalía generada tras la venta del piso pues como digo, lo hemos vendido recientemente.

Si hace más de un año de la muerte, la plusvalía municipal se vuelve a generar. De la parte de ustedes. Además, la parte del usufructo también se genera.

Además del incremento patrimonial que se genera con la venta en sus IRPF.

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