Glaucoma y discapacidad que me correspondería.

Recientemente me operaron de un glaucoma en el ojo izquierdo. Los valores del informe médico son los siguientes:

VFI: 86%/30%

FP:  3%/1%

AV: 1/0.7

Refracción subjetiva: +0.00(-0.50)170º=1 / +0.00(-1.25)160º=1

Fondo de ojo: O.I. Excavación papilar 8/10 con nevus retina media 6h por fuera de las arcadas.

OCT: Disminución severa de fibras nerviosas.

Me gustaría saber más o menos qué grado de discapacidad me correspondería en mi estado.

4 Respuestas

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No te "calientes" la cabeza. El grado de discapacidad lo determinará la Comunidad Autónoma donde residas mediante su correspondiene organismo asociado.

No se valora solamente el grado sensorial, sino también el económico y social. Por ejemplo: Una persona con discapacidad auditiva total de un oído, que en teoría debería ser el 50% dependiendo de su situación económica, con vivienda, con trabajo, haciendo vida normal es posible que no se la concedan.

Así que si quieres, que no pierdes nada, infórmate, bien por teléfono o pidiendo cita en tu C.A. que te darán una fecha para hacer una evaluación y determinar el grado.

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Si quieres mejorar tu visión debes mejorar tu alimentación, lee http://librosdesalud.es/100-libros-de-salud-en-1.pdf

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El grado de discapacidad lo determina el médico inspector con la documentación que usted le aporta.

Pero el médico va a tener en cuenta su anomalía incluyendo el resultado que obtenga del tratamiento.

Por ejemplo, si una persona tiene 15 dioptrías de miopía y ve bien con gafas, no se le considera discapacitado.

Si un cojo se opera de rodilla mediante una prótesis y anda, tampoco se le considera discapacitado.

En su caso, si con glaucoma ve, no se le considerará discapacitado, ahora si no ve, incluido el tratamiento, gafas o lo que sea, entonces sí tendrá discapacidad. Ha dicho todas la mediciones de su problema pero lo que le importa al médico es el grado de visión que conserva o no.

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Como bien le han comentado, no es posible determinar a priori un grado de porcentaje que le pudiera corresponder, no sólo porque eso dependerá de la valoración que haga la Consejería de Igualdad y Bienestar Social correspondiente sino porque, además, se tienen en cuenta otros factores. Ha de tenerse en cuenta que si hablamos de discapacidad o minusvalía no hablamos de cómo las patologías (las que describe y otras que pudiera arrastrar) afectan al trabajo (como ocurriría en el caso de una Incapacidad Permanente) sino cómo afectan a su vida cotidiana.

La solicitud se inicia ante el organismo que le comentaba que, tras valoración y exploración, dictará una resolución con un % concreto de minusvalía. Esa resolución es recurrible, recurso que siempre recomiendo en casos como este puesto que, por la experiencia, le puedo decir que suelen tirar "a la baja" y no en pocos casos se ha conseguido aumentar el porcentaje reconocido.

Además, ha de tenerse en cuenta que no es lo mismo que reconocieran un porcentaje mayor o menor puesto que existen dos "límites" (33% y 65%) a partir de los cuales se obtienen ciertas ventajas fiscales, sociales, etc.

Le facilito los datos de mi despacho para cuanto precise:

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