¿Es legal en Madrid convocar la junta de 2019 de una comunidad de propietarios durante la fase 1 de desescalada?
Durante el año 2019 el administrador no celebró la Junta general ordinaria de una comunidad de propietarios en una finca del municipio de Madrid. A pesar de yo habérselo solicitado por escrito y verbalmente, como propietario de una vivienda de la finca. La excusa era que estaba pendiente de terminar unas gestiones relacionadas con la ITE que nos toca pasar en 2020. También me gustaría saber, por favor, si es legal no celebrar la junta de 2019 dentro del año 2019.
Empezó 2020 y más de lo mismo. Después, llegó el estado de alarma y ahora en fase 0 en Madrid nos ha mandado una comunicación a los vecinos diciendo que si entramos en fase 1 en los próximos días va a convocar la junta a principios de junio. ¿Esto es legal?
Un propietario del inmueble, que no vive en la finca, tiene más del 50 % del coeficiente total de la finca. El administrador le gestiona estos pisos y otros muchos que posee en otras fincas. Curiosamente, en esa comunicación nos han dicho de repente que quieren aprobar la prohibición de pisos turísticos en la finca. Ahora no hay ninguno, pero sospechamos que algo se traen entre manos. El administrador se mueve al ritmo de este propietario (por otros asuntos varios que ahora no vienen al caso). El resto de vecinos cambiaríamos de administrador, pero al no tener mayoría no podemos.
¿Es legal en Madrid convocar la junta de 2019 de una comunidad de propietarios durante la fase 1 de desescalada? En caso de ser legal, ¿en qué condiciones? Este administrador siempre la convoca en su oficina.
Si me pueden ayudar.