Patio de luces mio o de la comunidad?

Hace 2 años compré un local de 100 metros cuadrados. En ellos se incluye un patio, en el plano del catastro sale el patio. Pone que mi local es uso comercial. El patio está techado, desde que lo compré. Un vecino me a dicho que en el patio de luces no puedo darle ningún uso. Ni siquiera hacer los baños. Mi pregunta es, solo tengo acceso yo, para entrar algún vecino a dicho patio, tendría que entrar por las puertas de mi local(propiedad privada). Os voy a escribir lo que pone en mi escritura, el local es de 1952 y pone. Situación y descripción tiene 2 zonas diferenciadas, una con forma rectangular, de aproximadamente 8,30m de fachada a la calle:y la otra, también rectangular, en la parte posterior correspondiente al patio interior del inmueble que se encuentra techado. La primera zona está dividida en 3 estancias, una más grande, a la derecha según se entra que ocupa todo el fondo de la misma, y dos más pequeñas a la izquierda, una en fachada y otra en el fondo. Desde esta última se da acceso al espacio correspondiente con el patio cubierto. ¿Resumiendo el patio cubierto y techado así está descrito en la escritura lo puedo usar como parte de mi local para hacer los baños o para lo que quiera? Repito en el catastro y plano esa zona forma parte de los 100 metros cuadrados que me vendieron.

3 Respuestas

Respuesta
1

Olvídese del catastro, vaya al registro y solicite escritura de división horizontal.

Aunque yo veo muy claro que el patio es de su propiedad, ya que no pone que tenga uso y disfrute, si no que la propiedad la constituyen dos partes

Respuesta
1

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

Aunque es posible que usted sea propietario del patio, un arquitecto le ha de indicar la legalidad de poder construir un baño o cualquier otra cuestión en él.

Yo puede ser propietario de una parcela y no poder hacerme una casa, pues no lo permite la legislación.

En muchos de estos inmuebles, solo puede usted utilizarlos como almacén o similar...

Me han comentado que tengo que medir el local. Por que en la escritura pone que hay una superficie construida de 108 metros cuadrados. También pone que tiene una superficie de 99 metros cuadrados. Me han dicho que si mido todo el local incluyendo el patio de luces y me sale 99.si puedo hacer baños o lo que quiera. Si no, no puedo. Que vaya al registro de la propiedad y pida. Escritura de obra nueva... 

Como ya le hemos indicado, debe ponerse en manos de un experto que le ayude con su caso concreto. Y con un arquitecto para la cuestión de las obras.

Una cuestión es la propiedad, otra el uso que se le pueda dar y otra más la posibilidad de edificar o construir cualquier tipo de estancia.

Experto? Quien

Un arquitecto o aparejador especializado en licencias y un abogado también especializado en urbanismo.

Ellos le pueden hacer un estudio de su situación concreta, en cuanto a la propiedad, características de uso y limitaciones. Así como a las normas urbanísticas y códigos técnicos de edificación para realizar lo que usted quiere hacer, de forma legal. Si ello es posible.

Es muy posible que la comunidad, por lo que usted indica, pretenda paralizar cualquier tipo de obras, por lo tanto, hade ser muy estricto en el cumplimiento de la normativa, licencias, etc. Preparando una posible defensa ante un procedimiento judicial o administrativo.

Respuesta

El patio de luces al que usted entra se denomina técnicamente "cubierta transitable accesible solo privadamente". Pertenece a la comunidad de propietarios y la reparaciones serían a cargo de la comunidad. Usted tiene el uso permitido, pero no puede construir, puede poner bienes muebles que se puedan retirar. Es igual que las terrazas de los áticos que están encima del vecino de abajo, la terraza (una cubierta) es el tejado del vecino de abajo lo que pasa es que el del ático tiene el acceso privado. Claro, la gente construye cosas en el ático ilegalmente, pero si llega a juicio, lo tienen que quitar.

Por tanto, puede poner macetas, sillas, mesas, un armario, todo lo que sea mueble que se pueda poner y quitar. Hasta hay gente que pone un techo de plástico ondulado para evitar el goteo de los tendederos, pero sabiendo que se tiene que poder quitar.

Un cuarto de baño con forjado no debería hacerlo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas