Aceptación de herencia por requerimiento notarial

Si me consideran que he aceptado la herencia tras transcurrir el plazo por requerimiento notarial sin decir nada, ¿Hacienda me va a exigir el Impuesto de Sucesiones?

2 Respuestas

Respuesta
1

Efectivamente, si usted no atiende el requerimiento, se entenderá que usted ha aceptado la herencia y por lo tanto, puede tener consecuencias fiscales.

Muchas gracias por atenderme tan rápido, pero no me añade usted nada.

Se me considera ya aceptado. Cuando me va a exigir Hacienda el pago del Impuesto de sucesiones? No sé cuando mis hermanos han aceptado o pagado ese impuesto ya.

Estamos en disputa y sin comunicación. Cuando voy a recibir noticia de Hacienda?

Muchas gracias

Nadie le puede decir cuando usted recibirá la notificación de hacienda... Ellos disponen de 4 años desde la finalización del periodo voluntario del pago para requerir (en la practica casi 5 años).

Normalmente, cuando sus hermanas acepten, presentaran la liquidación del impuesto y por lo tanto, Hacienda de la Comunidad autónoma iniciara los tramites.

Le recomendamos se ponga en manos de un abogado, que le ayude con su caso y negocie con sus hermanos, pues le terminara costando menos dinero que esta situación de disputa. Incluso usted se puede adelantar al requerimiento para liquidar los impuestos correspondientes.

Recuerde que si hay inmuebles, también se paga la plusvalía municipal.

Respuesta
1

Sumándome a Abogados Edo, puntualizarle que el plazo de la liquidación del impuesto de sucesiones, es de 6 meses desde la defunción. A partir de ahí y como le indican, Hacienda tiene esos 4 o casi 5 años en requerirle al pago y según el tiempo pasado en exceso le aplicarían demoras e intereses. La famosa plusvalía igualmente 6 meses e iguales consecuencias. Pasados eso 4, casi 5 años la deuda prescribiría..., pero como se den cuenta un par de meses antes, la cosa cambiará de color. Mejor y como le indican, proceda de buena fe que a requerimiento forzado.

Un saludo.

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