Nueva incorporación, días por exceso de jornada ¿Me corresponden?

Me acabo de incorporar a una empresa y por convenio colectivo tienen 11 días por exceso de jornada. ¿Me corresponden todos o la parte proporcional?

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Respuesta

La parte proporcional (aproximadamente). Esos 11 días no laborables se introducen en el calendario laboral para cumplir con la jornada anual en horas establecida en el convenio. Si trabajas menos del año natural, debes hacer una jornada proporcional a la porción de año trabajado. De ahí puedes obtener los días no laborables que te corresponden, que serán más o menos en función de los festivos que haya en el periodo que trabajes.

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