Se puede construir en una terraza comunitaria?

Los vecinos del primer piso han notificado que quieren construir una habitación en su patio( uso privativo pero si hay desperfectos, comunitario). Inicialmente, no me opuse porque dijeron ellos se harían cargo de las reparaciones, futuras pero ahora no estoy de acuerdo porque la susodicha habitación es una cocina y todos tenemos habitaciones y tendederos que dan a ese patio. No quiero que nos perjudique. Ellos nos están presionando para que demos el consentimiento.

Antes quería que me aconsejaran.

2 respuestas

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Todos los votos son relevantes

Para realizar dicha obra se tiene que aprobar en junta por los 3/ 5 DE TODOS LOS PROPIETARIOS, en elmomento de la junta y no pueden votar los ausentes

Esto es muy dificil de consegir dado que si son 10 propietarios, en la junta tienen que estar de acuerdo SEIS.

A las presiones ni caso, las promesas se las lleva el viento, mañana vence el piso y lo hablado no sirve de nada.

Juntas no se pueden hacer ahora

Le remito el art. Donde lo indica, si tiene dudas pregunte

Art. 14.3 LPH

4. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características. No obstante, cuando por el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, se adopten válidamente acuerdos, para realizar innovaciones, nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, no exigibles y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja. Si el disidente desea, en cualquier tiempo, participar de las ventajas de la innovación, habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal. No podrán realizarse innovaciones que hagan inservible alguna parte d

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Una cosa así hay que aprobarla en una asamblea. Valdrán los votos. Tu opinión es irrelevante.

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