Se trata de una casa de venta de vehiculos usados. En la ley de defensa de los consumidores y usuarios.
Particulares y profesionales, ambos con garantíaEl vendedor está obligado a rescindir el contrato de compra-venta y devolver el importe de la transacción en el caso de que aparezca un vicio oculto después de la venta.
Según la legislación vigente, existen dos tipos de garantías en función de si el coche se adquiere a un particular o a un profesional. En el primer caso, cuando la compra se realiza a un particular, es el propio Código Civil en sus artículos 1461 y 1484 el encargado de establecer el marco de la garantía.
El artículo 1484 regula los vicios o defectos ocultos, defecto interno y grave, en la compra-venta de cualquier objeto entre particulares. Además, del artículo 1461 se extrae que “el vendedor está obligado a la entrega y saneamiento de la cosa objeto de la venta”. Esto significa que el automóvil no debe presentar defectos ocultos y que debe estar libre de cargas o gravámenes, lo que proporciona una gran seguridad al conductor que lo adquiere.
De esta forma, en caso de que el comprador detecte algún defecto oculto durante los seis meses posteriores a la entrega del coche, el vendedor estará obligado a responder por ello. Una vez que se realice una denuncia y se demuestre que el defecto es anterior a la compra del vehículo, el vendedor bien deberá abonar el importe de la reparación necesaria o bien deberá rescindir el contrato de compra-venta y devolver el importe de la transacción al comprador. Asimismo, el vendedor deberá responder de los vicios ocultos aunque los ignorase en el momento de la venta.
Cabe recordar que los defectos a los que se refieren estos artículos son aquellos que lo hagan impropio para el uso al que se destina o disminuyan su uso de forma que, de haberlos conocido, el comprador no habría adquirido el vehículo o hubiera pagado menos por él. En este sentido, es importante tener en cuenta que los únicos vicios o defectos ocultos que podrá reclamar el comprador son aquellos que ya existieran con anterioridad a la compra-venta. Si los vicios o defectos se presentan o manifiestan después de la adquisición, el vendedor no será responsable por ningún motivo.
Creo que deberia informarse antes de asesorar a otra persona. Yo, cuando no se, me cayo.