El ayuntamiento me quiere envargar una vivienda que ya no esta a mi nombre es legal.

Acabo de recibir una carta de embargo del ayuntamiento de Madrid, por unas multas que las tengo recurridas, de una propiedad que no es mía desde el año 2019, porque se vendió en su momento por fallecimiento de mis padres,

Me gustaría saber en que puede afectar, eso al actual propietario porque como ya digo desde el 2019 esa propiedad ya no está a mi nombre.

Y porque me embargan si tengo recurridas las multas.

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No se puede, como bien dicen, embargar algo que no es suyo.

Habria que saber que multas son, de que fecha... y parece ser que usted desconoce del procedimiento porque para llegar al embargo de una vivienda el proceso ha sido largo.

Entiendo que no tiene cuentas a su nombre, o están sin saldo, porque de haber tenido cuentas se las habrían embargado antes que la casa.

El problema también lo puede tener usted si habiéndose intentado la notificación del embargo de la casa ya a su nombre, posteriormente la ha vendido pudiendo incurrir en otro tipo de ilícito.

Hable con un abogado que le guíe y le evite problemas.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

No indica el tipo de multa, pero como norma general, lo pueden embargar un bien que no sea de su propiedad. Si le pueden embargar cualquier bien, cuenta bancaria o incluso nominas.

Otra cuestión es el IBI que esta asociado al inmueble y si esta pendiente de pago, puede suponer un problema para el propietario actual, que le reclamara a usted.

Agracemos valoración de la respuesta. Gracias

No la casa era de mi madre que falleció y se repartió en herencia, lo k no entiendo es porque me embargan ya que presente alegaciones y estoy en espera de respuesta y como dije la casa no era mía era una herencia por fallecimiento, de echo se produjo otro embargo y me lo quitaron de mi cuenta, y las notificaciones vienen a la nueva dirección por eso no lo entiendo 

Si usted es propietario, aunque sea por herencia, sus bienes son embargables.

Cuando se acepta una herencia, se aceptan los bienes y las deudas, por lo tanto, si la deuda era de su madre, es posible que usted sea responsable del pago.

En cualquier caso, si ya ha presentado recurso, tendrá que esperar a la resolución.

Muchas gracias por su respuesta, no el embargo es por unas multas de aparcamiento del ayuntamiento de Madrid, en su momento ya me lo notificaron a mi nueva dirección, es decir si ellos me mandan los certificados a mi nueva casa, porque ya no tengo relación con la anterior porque me quieren embargar una propiedad que se finiquito en el 2019 y que paso desde ese mismo año a nombre de miw hermana, bueno de todas formas muchas gracias seguiré esperando y si antes de un mes no me han notificado nada pues veré lo que hago, que es lo que tengo por ley para apelar

Si usted no es propietario de la vivienda, el ayuntamiento no puede anotar un embargo por multas.

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