Soy administrador de una sl y por deudas personales,AEAT,mandan cartas de embargo de créditos a mis clientes, pueden hacerlo?
Por deudas personales, hacienda, pueden embargar los créditos, ¿rentas o pagos de la sociedad limitada de la cual soy administrador?
1 respuesta
Respuesta de Pedro abogado
En @primer lugar si las deudas son de la S.L. solamente pueden dirigirse a los Clientes, Proveedores, Deudores o Acreedores de la misma, lo hacen a través de lo que tienen conocimiento que es el modelo 347. Pero siempre de la S.L. Ahora bien si se trata de deudas personales, que no tienen nada que ver con la S.L., no pueden enviar cartas, a los mencionados de la S.L. A no ser que que las deudas personales,.provengan de ejercer una profesión o actividad de alta en Hacienda. - Federico Murolas Ruiz