Plusvalía inmuebles: Plazo del ayuntamiento para resolver

En junio de 2021 presenté solicitud de autoliquidación para pago de plusvalía por herencia de unos bienes inmuebles en la sede electrónica del Ayuntamiento de Adamuz (Córdoba). Al no recibir respuesta, tres meses después cursé a la misma sede electrónica una instancia pidiendo información sobre la situación de mi solicitud.

A día de hoy, en enero de 2022 no me ha respondido nada.

Mis dudas son:

-¿Qué plazo tiene el ayuntamiento para resolver una solicitud de pago de plusvalía?.

-¿Qué efectos tendría en este caso el silencio administrativo?.

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Respuesta
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Hay una cierta inconsistencia en su exposición, dice que “presenté solicitud de auto liquidación”, si presentó una solicitud para que le hicieran esa liquidación, no es auto liquidación, y es posible que el ayuntamiento no tome en cuenta esa solicitud, no prevista en la normativa.

Si i usted hizo ese cálculo, lo que debió hacer es ingresar el resultado obtenido.

Antes de de nada muchísimas gracias por su respuesta y mis disculpas por la tardanza en responder, me fue imposible verdaderamente. 

Efectivamente me expresé mal, lo que solicité fue que me hicieran la liquidación que corresponda (no la llevaba yo calculada). Aún sigo a la espera.

Gracias de antemano, quedo a la espera de su orientación. 

En mi opinión se ha producido la denegación de su solicitud por silencio administrativo

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