I. Hola Diego, aunque debe responderle con mayor certeza un experto creo que el tiempo que tardan en llamarle es de tres meses, siendo este mism el tope legal de tiempo para recibirla en toda la península excepto en tres provincias.
Como discapacitado y lector de esta comunidad ví hace meses este informe/texto, el plazo máximo es de cuatro meses y quince días, pero usted debería recibir el aviso a los dos meses o incluso antes.
Para contrastarlo si lo desea podría leerlo en éste escrito, ojalá pueda responderle otra persona mejor informada, le ruego disculpe las molestias de lectura e imprecisión,
"El plazo máximo para dictar la resolución viene recogido en la normativa autonómica (véase el apartado Legislación de esta nota), la cual debe respetar en cualquier caso
El artículo 42 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre sobre el Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Por lo tanto el plazo fijado por la norma
Autonómica nunca podrá exceder de seis meses, y cuando dicha
Norma no fije plazo máximo, este será de tres meses contados
Desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro
Del órgano competente para su tramitación. Actualmente el
Plazo máximo es de tres meses en toda España salvo en Aragón,
Castilla-La Mancha y Valencia, Comunidades Autónomas donde dicho
Plazo es de seis meses."
-- Otras posibles ayudas que podria solicitar en paralelo a la incapacidad--
- Subsidios dirigidos a personas mayores de 45 y 52 años,
https://loentiendo.com/subsidio-mayores-de-45-anos/
https://loentiendo.com/nuevo-subsidio-mayores-52-anos/
Subsidio dirigido a compensar posibles cargas familiares, (creo que compatible en paralelo con la Ley de dependencia)
https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/cargas-familiares
Subsidio ordinario/extraordinario de SEPE-INSS
Subsidios por desempleo.
https://loentiendo.com/el-subsidio-por-desempleo/