¿Estoy obligada a cambiar de ubicación mi aire acondicionado?
Compré un piso y lo reforme el año pasado y entre otras cosas instalé un aire acondicionado en un patio interno del edificio. En el momento de la instalación pregunté a la administración de esa finca si podía instalarlo y no obtuve respuesta en un mes porque la administradora estaba de vacaciones y la suplente me dijo que mientras no fuera en la fachada, se entendía que si podía instalarlo . Por la ley de protección de datos no me facilitaron el contacto del presidente y después de 20 días sin otra respuesta interrumpiendo mi obra, procedi a instalarlo.
Ahora, un año y medio más tarde dice la comunidad que hay que cambiarlo de sitio y ponerlos todos en la azotea.
¿Estoy obligada a cambiarlo ahora?
¿Quién correría con el gasto que eso ocasiona?,
Pues hace un año y medio lo podía haber puesto directamente en la azotea y como no obtuve oposición lo instalé donde creí podía hacerlo, pues lo había en otros patios interiores también.