¿Qué valor de adquisición pongo en venta de piso heredado?

Somos 5 hermanos, con el fallecimiento de mi padre heredamos la nuda propiedad y mi madre una parte como usufructo. El valor del piso fue 22507, que el 50% es de mi madre y el otro 50 de los hijos y el valor del usufructo de unos 1525. Con lo que el valor de la nuda propiedad fue la diferencia, que fue 9728.

Posteriormente falleció mi madre y obtuvimos el pleno dominio.
Vendimos en el 2021. ¿Cómo lo declaró en renta?
1. Entiendo que debe de haber dos fechas de adquisición.

2. El primer valor de adquisición, ¿debo poner los 11253 o restarle el valor del usufructo que tenía mi madre y poner los 9728?

3. En el valor de la segunda aceptación de herencia no tengo dudas porque entiendo que ya es el total declarado en el impuesto de sucesiones.

1 respuesta

Respuesta

En términos genéricos:

Valor de adquisición será el formado por el valor asignado en la herencia, más los importes de los gastos y tributos (sucesiones, plusvalías, notaría…etc).

Valor de transmisión será el formado por el importe real de la venta menos los importes de los gastos y tributos que hayan sido por cuenta del vendedor.

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