Venta libre de cargas ¿Es suficiente el certificado de deuda cero de la hipoteca?
En una venta de una vivienda, que tiene hipoteca pero ya se ha saldado, y hay certificado de deuda cero, aunque aún no se han iniciado los trámites de cancelación de la hipoteca y su registro. El comprador compra al contado. El contrato de arras dice que la vivienda se entrega libre de cargas ¿Es suficiente el certificado de deuda cero? Ya que el trámite de la cancelación y escritura de cancelación de la hipoteca tarde bastante. ¿Podría alegar el comprador que no se entrega libre de cargas por no estar registrado públicamente la cancelación de la hipoteca?
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Respuesta de Poli Plos
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