¿Qué renta habría que reclamar a los inquilinos sino se van tras el aviso de finalización de contrato?

Voy a avisar a los inquilinos de un inmueble que tengo alquilado de que deben abandonar la vivienda, el contrato venció hace dos años.

Se les ha ofrecido irse, o comprar la vivienda o quedarse pagando más alquiler (pagan 300 euros cuando el precio de mercado son 800) pero no quieren nada, ellos quieren seguir ahí viviendo en un chalé por 300 euros.

Mi pregunta es, si cuando les comunique que abandonen la vivienda no lo hacen y siguen ahí, entiendo que con el desahucio tendrán que pagar también las rentas de esos meses que se queden de más, pero la cantidad a reclamar son 300 o obviamente podré pedirles el precio de mercado al que yo estaría alquilando esa vivienda de haberse ido ellos cuando deben?

4 respuestas

Respuesta

Este tema es de bastantes matices por lo que deberás contactar un abogado que oriente sobre que acciones tomar.

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Convendría matizar alguna cuestión. El arrendador no puede avisar a sus inquilinos que tienen que marcharse, lo que debe hacer es preavisar con treinta días de antelación, y fehacientemente de que el contrato ha agotado su duración y deben abandonar la vivienda. Si no lo hacen deberá instar el desahucio judicial y podrá reclamar rentas, por la cuantía que vienen pagando, hasta el momento en que recupere esa vivienda. Puede ser un pleito largo.

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Los contratos son de cinco años, si no se ha interrumpid son tres años mas, luego de uno en uno

Si no ha comunicado antes el desalojo a los 5 o a los 8, debe avisarles con tiempo, el que no va a prorrogar. Y luego puede ofrecerles contrato nuevo con nuevas condiciones

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Hacerlo todo por escrito

Si se van y dejan deudas, lo que se puede reclamar es el importe de lo que estaba pagando,

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