Debo pagar deuda de IBi del anterior propietario?

En el año 2021 adquirí una vivienda, la cual en el momento de la firma de escritura me indicaron que estaba al corriente de pago de ibi, de hecho el vendedor aportó el justificante del pago del primer semestre del 21y reflejamos que el comprador pagaría el segundo semestre, bien pues al ir a pagar el segundo semestre del año 2021, veo que hay deuda de ibi desde el año 2017, yo he pagado a partir el primer semestre del 22 ya a mi nombre y mi pregunta es, ¿me pueden reclamar esos ibis del 17,18,19, 20 y 21 si estuvieran en tramite de notificación? Y si el ayto no ha inscrito la deuda en el registro, ya que no aparecía en la nota simple...¿me la puede cobrar?

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le ayude con su caso concreto.

Para evitar este problema, se solicita no solo el recibo actual, sino un certificado del ayuntamiento donde conste que no hay deudas. Y los notarios, en muchos casos, actualmente, lo verifican con el ayuntamiento.

Efectivamente el IBI esta asociado al inmueble y por lo tanto se lo pueden reclamar a usted como actual propietario. Y tendria que reclamar usted a la persona que le vendiera.

Le recomendamos hable con el vendedor e intente solucionar esta cuestión.

¡Gracias! 

Muchas gracias, si el ayuntamiento no ha inscrito la deuda en el registro de la propiedad, me la puede reclamar? Adquiere el derecho a que se la pague o puede prescribir? 

El IBI es un impuesto asociado al inmueble. Los ayuntamiento reclaman el pago, para paralizar las prescripciones. Y en ultima instancia, realizan una anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad.

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