Vendo una vivienda pero yo no tengo que pagar el IBI de este año. ¿Cómo justifico el pago ante notario?
Compré en Enero de este año una vivienda en Madrid y la voy a vender ahora, antes de que acabe también el año. Como yo no era la propietaria a fecha 1 de Enero de 2022, los propietarios anteriores son los que están obligados a pagar el IBI de 2022. Mi pregunta es, si yo no lo voy a pagar, en el próximo acto de compra-venta, ¿cómo justifico ante el notario que está a corriente de pago?
Supongo que si vendo antes del 30 de noviembre de 2022, será suficiente con presentar justificante de que se pagó el IBI correspondiente al 2021, ¿no?
Pero si vendo en el mes de Diciembre de 2022, una vez que ya ha vencido el plazo de pago del impuesto, ¿cómo obtengo un justificante de que se ha pagado? No tengo relación con el anterior propietario (por motivos personales) y en el Ayuntamiento me han dicho que no me pueden asegurar que me puedan dar un justificante inmediatamente pues, si el anterior propietario tiene el pago domiciliado en el Banco, los Bancos pueden tardar bastante tiempo en notificar al Ayuntamiento que está pagado el impuesto.
¿Cómo actúa el notario en estos casos?