Que sucede si la vivienda alquilada deja de estar habitable
La ley de arrendamientos urbanos establece que le corresponde al propietario mantener el inmueble en buenas condiciones de habitabilidad como se entregó al comienzo del alquiler. Con esto entiendo qué si avería algún electrodoméstico corre por cuenta del propietario su reparación pero si se quema la bombilla eléctrica corre por cuenta del inquilino ¿Es correcto, verdad?
Como creo que no dice nada la ley de arrendamientos al respecto mi pregunta es, qué sucede si la vivienda deja de estar habitable, ya sea por poco o por mucho tiempo, dependiendo si el daño sufrido y siempre y cuando no sea culpa del inquilino.
Por ejemplo. Una avería importante en tuberías de agua, gas o en la instalación eléctrica haría que la vivienda deje de estar habitable hasta tanto se repare lo sucedido. Supongamos que la reparación pudiera llevar 1 o 2 semanas. ¿Qué establece la ley para algo así en que la vivienda deja de estar habitable, sin ser culpa del inquilino?
Y si hubiera sufrido una sacudida sísmica y la autoridad impidiera a la gente volver a sus casas. El inquilino tiene una vivienda con su alquiler vigente pero de repente dejó de tenerla. ¿Hay alguna ley qué prevea estos casos?