Contrato Arrendamiento discrepancias con LAU, quien paga las reparaciones por antigüedad?
Tengo un local alquilado en el que tengo un bar. El contrato fue firmado en el 2009, el título del documento oficial es "Contrato de Arrendamiento para uso distinto de la vivienda gravado por iva", por lo tanto creo que se rige por la LAU. El caso es que la instalación eléctrica es antiquísima y ya ha dado algunos fallos (reparaciones que he pagado yo) pero los especialistas me han avisado que en breve podría petar el sistema, debido a la antiguedad de la instalación, y que renovarla supone 10.000€.
Leyendo el contrato veo que aparecen cláusulas que indican que son a cargo del inquilino "gastos de reparación y conservación de las instalaciones de agua y luz". En otro apartado indica que el local se alquiló dado de alta de luz y agua y :"dado que hubiese que realizar alguna modificación será siempre a cargo del arrendatario".
Por otra parte, leyendo la LAU especifica:
Artículo 21. Conservación de la vivienda.
1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.
Y también específica que este artículo es válido para los arrendamientos urbanos en uso distinto al de vivienda habitual (local comercial en este caso).
Mi pregunta es: ¿Tengo qué pagar yo los 10.000€ para renovar la instalación eléctrica, tal como aparece en mi contrato, o prevalece la LAU y debe el dueño hacerse cargo para garantizar el servicio que tenía cuando lo contraté?