Registro Público Concursal y Registro Público de Deudores
Me interesa si esos dos términos son intercambiables y si significan lo mismo.
Estoy traduciendo una compraventa de una vivienda/finca de Cataluña, donde aparece Registro Público Concursal (el notario hace una consulta con ellos), pero en mi país el término que se usa es Registro Público de Deudores. Por eso, me interesa si puedo utilizar el segundo en vez del primero.
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Respuesta de Abogados Edo
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