Accidente con tasa de alcohol 0,9 multa llega a titular del vehículo y posteriormente citación a nombre del conductor.
Recientemente un familiar tuvo un accidente ya que cometió la temeridad de conducir bajo los efectos del alcohol. Gracias a dios solo hubo daños materiales y ningún ser vivo implicado.
Se le realizó la prueba de alcoholemia arrojando un resultado de 0.9. Posteriormente llego la multa a nombre del titular del vehículo, que no era el conductor, por una cuantía inferior. Se procedió a abonar la multa.
Al tiempo llegó una citación en los juzgados para declarar, a nombre esta vez sí, del conductor con el nombre mal escrito. Entiendo que será para la parte de los daños ocasionados al ayuntamiento ( una acera dañada).
¿Alguien sabe arrojar algo de luz sobre lo que está ocurriendo? ¿Van por vías distintas la reclamación del delito por alcoholemia que los daños ocasionados al mobiliario público?
Si hay algún experto en la materia agradecería enormemente su enfoque.