Contrato de duración 1 año y prorrogable hasta max 5 años

En mi contrato de alquiler pone duración UN AÑO OBLIGATORIAMENTE, y prorrogable anualmente hasta un máximo de 5 años. Pues bien, lo firmé el 01/05/2018 y en 2 semanas habrán pasado esos 5 años. ¿Tenemos entonces que firmar otro contrato nuevo? ¿O se tendría que firmar una prórroga? El dueño tampoco me ha dicho nada, pero igual ni se acuerda. Yo quiero hacerlo correctamente.

Respuesta

Para asesorarla correctamente es necesario examinar la totalidad del contrato. Por ello le sugiero que contacte con un/a abogado/a.

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Respuesta

Según la Ley actual de arrendamientos, tratándose de vivienda habitual, a partir de los cinco años se prorroga automáticamente, y anualmente, durante tres años más si nadie dice nada.

No es necesario firmar otro contrato hasta dentro de tres años, según la Ley actual.

Respuesta

Si su contrato se firmó en 1 de mayo de 2018, en ese momento la ley aplicable tenía prevista una duración dr tres años de prórrogas más uno, por lo tanto al finalizar la duración pactada ese contrato entrará en tácita reconducción.

Gracias! Pero no acabo de entender lo de tacita reonducción,  lo ideal sería firmar una nueva prórroga sobre el papel?

Las prórrogas se producen automáticamente. A usted lo que le interesa es un contrato nuevo.

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