Se ha muerto mi padre en 2021 y mis hermanos han hecho una comunidad hereditaria de 4 bienes donde me han puesto a mi.

¿No deberían haber pagado la plusvalía? A lo mejor esperan a los 4 años a que precriba

3 respuestas

Respuesta

El impuesto municipal sobre incremento de valor de terrenos urbanos, mal llamado plusvalía, no puede prescribir, porque se pondrá de manifiesto cuando se cambie la titularidad de los bienes inmuebles que forman esa herencia.

Por favor si no sabéis la respuesta no contestéis. Si digo que no se ha pagado la plusvalía es que no se ha pagado, la comunidad hereditaria la forma un gestor, no un abogado. Y al siguiente. La ley estipula un plazo desde el fallecimiento de la persona de 6 meses con prorroga para el pago, con sanción de 20% si pasa e 12 meses. Y tiene su sentido ya que con una comunidad hereditaria se puede estar 20 años. Y el ayuntamiento no tiene porque esperar 20 años

El plazo que estipula la ley es para pagar sin sanción.

Respuesta
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Desconozco las leyes de tu país, ya que yo soy de México...

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¿Y cómo sabes que no se ha pagado la plusvalia? El abogado que haya constituido la “comunidad hereditaria” de que hablas habrá tenido que cumplir con todos los requisitos legales, entre ellos el pago de todos los imouestos, sin ilvidar el de sucesiones. Ninguno de ellos se puede eludir ni aplazar esperando, como tu dices, que prescriban.

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