Que le corresponde a un ex cónyuge en liquidación de gananciales.
Si uno de los cónyuges adquirió una vivienda privativa de protección oficial, y 8 años más tarde se casa en gananciales con el otro cónyuge, y se hace una reforma en la casa que aumenta su valor en 75000 euros, ¿Se puede vender o alquilar la vivienda sin permiso del otro cónyuge? En caso de venta o alquiler, ¿le correspondería algo al otro cónyuge por la gran inversión realizada? Era una vivienda sin amueblar y sin nada, todo es de 0.
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Respuesta de Pedro abogado
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