Duda pensión compensatoria antes del matrimonio

Tenía una duda referente al derecho de tener que pagar una pensión compensatoria que me reclama mi ex mujer.

Nosotros estuvimos viviendo 15 años, pero sin ser pareja de hecho, ni estar casados. Solamente ella estaba empadronada en mi domicilio. Después de eso nos casamos por la iglesia y tuvimos 6 años de matrimonio. Ahora nos hemos divorciado pero no llegamos a un acuerdo, porque ella me reclama una pensión compensatoria que bajo mi punto de vista es excesiva.

Mi pregunta es la siguiente, ¿La jurisprudencia tiene en cuenta los años de convivencia previos que como dije anteriormente, no éramos pareja de hecho ni estábamos casados para calcular la pensión compensatoria? Ella solamente estaba empadronada en mi domicilio por el ayuntamiento.

Tengo hecho un lío porque el código civil no dice nada antes del matrimonio, pero tengo 2 amigos que me han dicho que lo pregunté bien este tema porque creen que existe algo al respecto.

Respuesta

I. Hola Miguel, no soy experto y según leo continuamente de ellos, lo más adecuado es que pudiese contratar a un abogado, pero me temo que sus amigos están en lo cierto, la ley contempla desde 2005 el tiempo de convivencia previo a ser pareja de hecho o estar casado para confeccionar la pensión compensatoria, su nombre técnico creo es 'Convivencia more uxorio.

Sin embargo, por un golpe de fortuna, acabo de leer que la pensión compensatoria se extingue al conviviendo con otra persona con efecto práctico desde que es impuesta la demanda, supongo que por el cónyuge.

https://superbiajuridico.es/texts/la-pension-compensatoria-se-extingue-por-la-convivencia-con-otra-persona-con-efectos-desde-interposicion-de-la-demanda/ 

https://abogadosdetenerife.com/ldudas-sobre-la-pension-compensatoria/ 

Si dispone de tiempo podría informarse más a fondo desde los siguientes enlaces. Ojalá reciba pronto la respuesta de un profesional. Perdone el tipo de intervención y siento las malas noticias, mucho ánimo.

https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1151489

https://www.mundojuridico.info/la-convivencia-prematrimonial-ha-de-valorarse-para-la-pension-compensatoria/ 

https://noticias.juridicas.com/actualidad/jurisprudencia/10813-para-la-fijacion-de-la-pension-compensatoria-en-caso-de-divorcio-puede-tenerse-en-cuenta-el-tiempo-previo-de-convivencia-de-los-conyuges/ 

https://idibe.org/tribuna/la-pension-compensatoria-la-convivencia-more-uxorio-previa-al-matrimonio/ 

https://www.mateobuenoabogado.com/pension-compensatoria-2/?print=print 

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas