Devolución fianza a los dos años

He tenido un piso alquilado desde el 12 de abril del 2006, con un contrato de un año renovable automáticamente cada año hasta llegar a los cinco. A primeros de abril de este año me dicen que se van del piso porque se trasladan de población. Abandonan el piso el 30 de abril.
A primeros de mayo ya tengo inquilinos y en la segunda mensualidad me descuentan una cantidad en concepto de fontanería porque estaban atascados el fregadero y el wc, adjuntan factura. Yo la fianza no la devolví porque estaba a la espera de las últimas facturas de agua, luz y gas. Quedamos así.
Ahora cuando le indico que le descuento ademas de las facturas, el importe del fontanero no está conforme. Según entiendo, no tendría la obligación de devolver la fianza porque no han cumplido con el contrato, se han ido antes, pero accedimos a la devolución porque en principio la casa parecía que estaba bien, pagaron siempre bien, no tuvimos problemas. ¿La pregunta es si es cierto que no tendría que devolverla o eso es solo para casos en los que se van antes del año? Entiendo que, aunque ella insiste en que cuando se fue del piso todo funcionaba, la factura de la fontanería debe pagarla ella, porque no es falta de mantenimiento, sino mal uso de la vivienda.

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La fianza se da por un mal uso de los materiales o utensilios de la vivienda, tal y como me has comentado todo estaba bien y nunca habéis tenido problemas y quedaste con ella en devolverl la fianza, siempre y cuando no viniera agua, luz y gas, sino ha venido facturas y no estas segura que el wc se ha estropeado estando estando ellos allí deberías devolvérsela pero eso si asegurate de quien lo ha estropeado por que quizás también fueran los nuevos inquilinos. Si no fuera así estarías en tu derecho de descontarle el gasto de fontanería.
Gracias y espero haberte ayudado pera cualquier otra duda o aclaración conecta conmigo.
Hola rociosan. Gracias por tu respuesta.
Ya se que la fianza es para gastos de mal uso o facturas pendientes. Pero también es cierto que si el inquilino incumple el contrato en cuestión de plazos no es obligatorio devolverlo. Quedamos en la devolución porque fueron buenos inquilinos y nos recomendaron hacerlo por quedar bien. Pero también es cierto que se ha puesto muy impertinente con respecto a la factura del fontanero. El gasto de produjo seis días después del abandono del piso por su parte, entiendo que no dio tiempo a que los nuevos inquilinos tuvieran la culpa.
El gasto de fontanería tengo claro que lo ha de abonar ella, pero la pregunta es, si es cierto, que como te comento arriba, si ella abandona el piso poco después de los dos años, al haberse renovado automáticamente por un año más al cumplirse los dos años, es obligatorio la devolución. Solo eso. O un inquilino, ¿después de pasado el primer año puede abandonar cuando quiera el piso y es obligatorio la devolución de la misma? Gracias
No en ningún caso es obligatorio, en cualquier momento que se incumpla el contrato ya sea una renovación o el primer contrato estas en todo tu derecho de no devolverle la fianza.
Dejale claro que le ofrecistes la fianza por cortesía por su comportamiento cuando estuvo viviendo allí pero que ahora te lo has pensado bien y como ha incumplido el contrato no se la devuelves. No tiene nada o no tendría nada que reprocharte si les lo argumentas.

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