Duda sobre los inquilinos

Hola! Buenas tardes! Tengo mi piso de soltero alquilado a una pareja, la cual, él es amigo mio, pero ella no. No están casados, son novios y recientemente han roto. Mi pregunta es la siguiente. Si firmaron los dos el contrato, ¿debo hacer uno nuevo a nombre de ella?
También, con esta historia, el mes en curso me lo ha pagado tarde y mal. Todo esto me desconcierta porque los antiguos inquilinos eran perfectos, pero estos me están trayendo males de cabeza. ¿Cómo puedo hacer para que se vayan?
Respuesta
1
Respecto a la ruptura de la pareja que habitaba su piso:
Entiendo que el contrato está hecho a nombre de los dos "ex-novios". También entiendo que la ruptura ha sido oficiosa (que no ha habido juzgado de por medio ni nada por el estilo).
En ese caso se podría quedar en la vivienda cualquiera de los dos, pero se lo deberían comunicar a Ud. por escrito, renunciando uno de ellos a su parte del arrendamiento y asumiendo la totalidad de la responsabilidad del mismo el otro (repito, por escrito).
De este modo, una vez transcurrido el plazo pactado en el contrato original puede Ud avisarle al que se quede de su intención de NO renovar el arrendamiento y hacer que se vaya.
Si hace un contrato nuevo a nombre de alguno de ellos, entonces tendrá que mantenerlo en el piso por al menos 5 años (si es que el/ella así lo quiere).
Gracias por la aclaración pero tengo una duda al respecto. De momento no me han comunicado por escrito nada, todo ha sido verbal. El contrato inicial lo hicimos en agosto´08, de duración 5 años, pero renovable de año en año. ¿Con eso qué me dice usted? Que en agosto´09, ¿estoy en mi derecho de no renovar? Ah! Otra pregunta. Puedo, en caso de aclarar esta situación, vender la finca, siempre y cuando, ¿el nuevo comprador respete las condiciones del alquiler?
Lo que dice la Ley es que durante los 5 primeros años de alquiler el que decide quedarse o no es el inquilino, es decir, que si les interesa, sus clientes se pueden quedar en el piso hasta agosto '2013. Entonces (con 30 días de antenlación) es cuando Ud. puede expresar su intención de no renovar. Si no lo hace, entonces tendrán otros 3 años más (hasta 2016), y si llegado 2016 Usted tampoco dice nada entonces seguirían año a año.
Tema venta de la finca: Usted puede vender la finca "con los inquilinos dentro", pero el comprador ha de respetar el contrato de arrendamiento vigente. También está el asunto de que el inquilino tiene derecho preferente de compra, es decir, que ante igualdad de oferta, el piso es para el inquilino.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas