Si pones tu vivienda en alquiler, tendrás una compliación para la venta, y es que, si el inquilino no lo permite (y está en su derecho) no podrás
mostrar el piso a los posibles interesados.Es decir, si te decides por el alquiler, podría ser que no pudieras disponder de la vivienda hasta dentro de 5 años.
Sabes que si aunque alquiles por un año, el inquilino tiene derecho a prórrogas anuales hasta que el contrato cumpla 5 años. Y que si en ese momento tú no manifiestas con 30 días de antelación, tu deseo de no seguir renovando, el contrato se renovaría por 3 años más, siendo únicamente el inquilino quien, en cada cumpleaños del contrato, podría decidir no renovarlo más.
Conviene que el inquilino tenga solvencia (propiedades) para que si deja de pagar, o le despiden, el juez no pueda declararle INSOLVENTE y tengas que esperar tiempo y tiempo para cobrar.
Si el inquilino no tiene propiedades, pero tiene nómina, (y aunque tuviera propiedades esto es casi lo mejor) contrata un Seguro de Alquiler (el dinero que te cueste lo distribuyes en 12 meses y lo incrementas al alquiler que pensaras pedir) Así estarás tranquilo, pues si te dejara de pagar, el seguro se haría cargo de las cuotas y del juicio de desahucio.
Nunca metas un insolvente en tu casa, pues te dará muchos disgustos. Si el futuro inquilino no es aceptado por los del Seguro de Alquiler... no lo aceptes tú tampoco.
Te dejo este enlace de varios seguros de alquiler para que vayas haciéndote una idea
http://www.segurodealquiler.es/comparativa_seguros_alquiler.htmPor otra parte, si vas a hacer un contrato por primera vez, te recomiendo que lo hagas aconsejado por un experto. Hay un experto en esta web, que tiene un blog, mediante el cual (online) te personaliza el contrato por sólo 30 euros. (No conozco nada mejor de precio)
Te dejo su enlace también:
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/02/contrato-de-alquiler.html