Duda Avería telefonillo

Le escribo para realizarles una consulta. Tengo un piso alquilado y a mis inquilinas se les ha estropeado el telefonillo. En realidad lo tienen estropeado desde el 2010, porque entonces me lo dijeron. Se dejó el tema y ahora siguen sin arreglarlo. El otro día estuve con ellas y me lo volvieron a decir. Me dijeron que llamaron o fueron al administrador y que éste les dijo que la reparación era cosa del propietario. Quería saber si esto es así, ¿o si podría ser por cuenta de la comunidad?
Se trata de un telefonillo con pantalla. El problema es que la imagen del que viene no se ve, se ve borrosa, y si se habla desde abajo no se oye, o si yo estoy abajo y me hablan desde la casa no se oye. Ese es el fallo porque el sistema de llamar y apertura funciona, ya que yo llamé y me abrieron.
Por tanto mi duda es saber si de verdad ésta reparación corre por mi cuenta o si podría ser por cuenta de la comunidad, puesto que pienso que deberían tener un contrato de mantenimiento, ya que se paga una comunidad que me parece bastante para que sólo se incluya la limpieza del portal.
¿Tampoco sé si un telefonillo nuevo de éstas características ( con video ) es muy caro?
Quería saber si lo lógico es que corra por cuenta del propietario. Porque imagino que esto sí que no es cosa del inquilino, ¿verdad?

15 Respuestas

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El tema del portero automático, consta de una instalación común, que va desde la placa de centralización de timbres en el portal hasta la entrada de su casa, y una instalación privada que es desde la entrada de su casa hasta el aparato receptor que tiene vd. en su vivienda.

Si el problema es de su aparato la reparación corre de su cuenta (en este caso del dueño), Eso se sabe porque si fuese de la cámara de la centralización en el patio habría más vecinos con el mismo problema.

Saludos

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Si el telefonillo averiado no es el del portal si no el que se encuentra dentro de su vivienda, corres a cargo del propietario, efectivamente.

El precio del telefonillo lo desconozco.

En ningún caso corre a cargo del inquilino, verdad?

Yo entiendo que no, pero me quiero asegurar. Gracias

Pues salvo que pueda probar que no funciona por culpa negligente del inquilino (prueba prácticamente imposible de conseguir aunque así fuera) la responsabilidad es del propietario, igual que sucede con el resto de elementos de la vivienda que existieran al momento de alquilarse la misma.

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Por lo general la comunidad corre con el mantenimiento de la botonera del portal, y cada vecino se hace cargo del telefonillo de su vivienda. Consulte con el administrador por si fuese de otro modo, pero insisto en que lo habitual es que cada uno se pague su telefonillo y la comunidad el del portal.

Siguiendo con su caso, la Ley de Arrendamientos Urbanos dice que el inquilino paga los pequeños arreglos necesarios por el uso normal de las cosas y también paga aquellas cosas que estropee por si mismo. El resto lo paga el casero.

Considerando que un telefonillo con video tiene un coste de 150-200 euros (cantidad que se sale de "pequeña reparación"), salvo que los inquilinos hayan roto el telefonillo... mucho me temo que le toca pagarlo a Usted.

Consejo: consulte con el administrador (por si la comunidad tuviese una cobertura ampliada a los telefonillos de cada vivienda), y con otros vecinos (por si la avería fuese del equipo del portal y no del de la vivienda).

Suerte.

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El portero electrónico siempre es responsabilidad del propietario, porque lo normal que le suele pasar es que al colgarse se desplaza y cae al suelo, golpea el suelo y se avería, o bien de un tirón se suelta algún cable, por eso es responsabilidad siempre del propietario, salvo que en la Comunidad se acuerde que esos gastos los cubra la Comunidad.

De todas formas lo suyo es llamar a un profesional que haga presupuesto y nos indicará de donde viene el problema, si es del interior de la vivienda corresponde al dueño si es de fuera corresponde a la Comunidad.

Si necesita alguna explicación más no dude en consultarnos.

Gracias. El piso está alquilado. Pero me han comentado que aún así, la reparación o sustitución por otro, correría por mi cuenta, nunca por la del inquilino.

Quería saber si esto es cierto.

Evidentemente aquí jugamos con dos conceptos, propiedad y utilidad.

En cuanto a propiedad debe usted repararlo aunque después el día que corresponda le deduzca el importe de la fianza al inquilino claro está.

Por otro lado a usted le da igual que funcione o no. El inquilino es el que necesitaría su uso, por lo cual es el primer interesado en arreglarlo aunque sea pagando su costo, otra cosa es que se lo reclame después.

Depende de como haya cerrado la contratación del alquiler.

A mí me han comentado en varios sitios que la reparación es por cuenta del propietario siempre. Sin que luego se deduzca de la fianza. Y al parecer, a ellas mismas les dijo esto el administrador

Todo depende de lo que tenga tratado con ellas. Mire tenemos un caso resiente donde el inquilino avisa de que ha dejado de funcionar la lavadora, el propietario la ha cambiado pero tenían estipulado que todos estos gastos se repercutirían contra la fianza si fuere necesario. Es muy difícil por 20 o 25€ hacerle un mal gesto a un inquilino, con la que está cayendo, usted ya me comprende.

En mi contrato no se especifica si los gastos de reparación derivados del uso son por cuenta del inquilino. Pero debido a que son buenas inquilinas, pagan bien y puntuales, y mantienen el piso en buenas condiciones, creo que debo asumir yo el gasto. Usted lo cree así también?

No sé cuánto será la reparación.

Y si hubiera que poner un telefonillo nuevo, me han dicho que el precio rondaría los 150 euros.

En ese caso, pienso que también debería correr yo con el gasto.

Yo sólo le pido su opinión. Como le decía, son inquilinas que pagan bien, y puntuales, llevan 7 años de alquiler y mantienen el piso en perfectas condiciones.

Como si fuera de ellas.

Permítame una apreciación personal, con la que está cayendo, si sus inquilinas son del perfil que marca, que evidentemente así será, cambie usted el telefonillo y todos contentos. El costo que me habla es porque será un sistema también de visión y entonces si puede tener esos importes.

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El tema en cuestión es un elemento (el telefonillo) que tiene una parte comunitaria (la placa situada en la entrada, la instalación) y una parte privativa del propietario (el equipo instalado en la vivienda).

Previsiblemente, sin ser técnico en ningún tipo de instalaciones, el problema radica en el equipo de su vivienda. ¿Por qué? Si fuera de la parte comunitaria todos los vecinos tendrían el mismo problema de visión. Si fuera comunitaria, el problema de sonido afectaría a todos los vecinos.

Consecuencia: Previsiblemente el problema está en el equipo situado en su vivienda (bien privativo).

¿A quién le corresponden los gastos de arreglo? Al propietario de la vivienda.

¿Existe una cuota de mantenimiento de los equipos? Acuda a la próxima Junta de Propietarios, pida al Administrador la información al respecto, y si es su intención y la del resto de propietarios, revise el contrato existente, lo anulan y proponen uno nuevo, o si no existe, piden presupuestos a compañías del sector.

Gracias. Desconozco si hay un mantenimiento de estos telefonillos. De no haberlo, es obligatorio que exista?

Quiero decir, en la próxima junta se podría solicitar que lo hubiera?

La otra duda que me queda es si aunque el piso esté alquilado, la reparación es por cuenta de propietario y nunca del inquilino, verdad?

Esto es lo que me han dicho y me quería asegurar. Gracias

No ex obligatorio que exista un mantenimiento de los telefonillos. Dicho servicio tiene un coste y debe ser la propia Comunidad de Propietarios quien lo solicite.

Esta información la obtendrá sin duda del Administrador.

Naturalmente puede solicitarse, pero es preciso que sea aprobada por la mayoría de propietarios.

La reparación es por cuenta del propietario salvo que fuera producida rotura y/o mal uso; pero previsiblemente, ya que dicha situación procede del 2010, la imputación de coste es a cargo del propietario.

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Determinar si es cuenta del propietario o de la comunidad es sabiendo si se ha averiado abajo la centralita o arriba su telefonillo particular. En este caso si solo no le funciona su telefonillo es un tema privativo si no le funcionaran a todos los propietarios sería un tema comunitario porque se habría averiado la centralita.

Recomiendo llame a un técnico para la valoración y este le confirme si es realmente su telefonillo o su centralita.

Y si es un tema del propietario en todo caso no de los inquilinos a no ser que lo rompieran a adrede.

Gracias por su respuesta. No creo que lo hayan roto aposta. Les dejó de funcionar, por lo visto. Pero el administrador me comentan que es cosa mía sin que ni siquiera haya ido nadie a verlo.

Eso es lo que me extraña

El administrador dice que es cosa suya probablemente porque nadie más se ha quejado y entiende que la centralita está bien sino se quejarían mas propietarios o a lo mejor ha enviado a un técnico a ver la centralita y estaba correcta.

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Los gastos de desperfectos generados por el uso corren a cuenta del inquilino, pero como siempre pasa en estos casos, normalmente suele ser muy difícil determinar a quien corresponde realizar dicho pago, seria cuestión de saber, cuanto tiempo llevaban las inquilinas en la vivienda, cuando comenzaron los problemas con el telefonillo, pues no es lo mismo que llevaran en la misma dos años que dos semanas, y entonces tomar una decisión al respecto, o llegar a un acuerdo, entre las partes sobre quien abona la reparacion. En cuanto al contrato de mantenimiento con la empresa de los video porteros, pues si podria ser que lo tuviera la finca, asi que te recomiendo lo consultes con el Administrador.

Gracias por su respuesta.

Las inquilinas llevan 7 años. Cuando les renové el contrato en noviembre de 2010, ya me comentaron que lo tenían estropeado, es decir, que lo han tenido así desde entonces, o igual ya llevaban tiempo cuando me comentaron en el 2010 que lo tenían estropeado.

El otro día estuve en la vivienda porque les he tenido que rebajar la renta y me comentaron que seguían con el mismo problema y que habían ido a hablar con el administrador y que éste les dijo directamente que la reparación era cosa del propietario sin ni siquiera haber ido a verlo y saber cuál era el problema.

Entiendo que las inquilinas no me han mentido, salvo que me lo digan para que pague yo la reparación aunque me han dicho que esto siempre corre por cuenta del propietario aunque haya inquilinos y es de lo que me quería asegurar

Pues mi respuesta sigue siendo la misma, y es que no hay una disposición concreta de la ley que diga que corresponde al propietario, otra cosa es que el Administrador al conocer mayoría de casos en los que lo abona el propietario, por eso les haya dado dicha respuesta.

En casos como este, tratándose de una reparación excepcional, y con buenas inquilinas de larga duración, pues si es habitual que lo abone el propietario.

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Por cuenta de la comunidad ya le advierto que no corre el gasto, ya que es un elemento interno de la vivienda, y estos gastos corresponden a usted o a las arrendatarias.

Respecto a usted o las inquilinas. En primer lugar, debería revisar el contrato, porque puede que se haga referencia a este tipo de incidencias.

En caso de que el contrato no disponga nada sobre este tema, acudiremos a la Ley de Arrendamientos Urbanos, que en su artículo 21 establece lo siguiente:

1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello
La renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la
Vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso
Convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea
Imputable al arrendatario.

4. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario.

Así que, viendo esta regulación, deberá usted y las arrendatarias valorar si el daño producido es a causa del desgaste por su habitual uso, o si es un deterioro que ya estaba cuando se produjo el contrato, o cualquier otra situación anormal. Con esa información y el artículo copiado podrán decidir quién debe sostener el arreglo del telefonillo.

Gracias por su respuesta.

He comprobado que el contrato no establece nada al respecto, si tiene otras clausulas pero referidas a esto no.

Por lo que habría que ir al Art.21 de la L.A.U.

Sucede que ellas entraron al piso en el año 2005. En el año 2010, les renové y ya en ese momento, que era el inicio de otro contrato, me comentaron que el telefonillo estaba averiado. Pero sólo en la imagen ( es videoportero) y en el sonido, porque el sistema de apertura funciona.

Tuve el otro día que volver hablar con ellas porque les rebajé la renta, y me comentaron que seguían con la misma avería. Porque parece ser que fueron al administrador y éste les dijo que la reparación era por cuenta del propietario.

Y sucede que en estos dos años, apenas habíamos hablado así que yo pensaba que eso lo habrían solucionado.

El tema es que son unas buenas inquilinas ya que pagan bien y muy puntuales. En algunos sitios me han recomendado que lo abone yo por ese motivo, sin entrar a valorar si les corresponde a ellas.

Me mantienen el inmueble en perfecto estado, lo han pintado varias veces en los 7 años, y en general dan un buen trato a todo.

A ver, personalmente, la respuesta que le doy es la siguiente: Si ellas son buenas inquilinas y no causan ningún tipo de problema, pague usted la avería.

Si usted no desea pagarla, pues puede decirles que la avería se deberá a un mal uso por parte de las arrendatarias, por lo que debe ser un coste para ellas.

Está en sus manos tomar una decisión u otra.

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Si el fallo está en la consola de la planta de acceso al edificio, será un gasto de la comunidad. Si el fallo está en el de su piso, debería ser a cuenta suya. A las inquilinas no les correspondería si no fuera por que se ha estropeado por mal uso, pero eso sería difícil de acreditar, a no ser que el técnico que lo repare lo diga.

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Vamos a ver. Si lo que se ha estropeado es el telefonillo interno, corresponde el pago al piso salvo que en los acuerdos de la comunidad se estableciera que entraban dentro del coste de mantenimiento.

Si lo que se ha estropeado es el cableado por ejemplo, sin duda corresponde a la comunidad.

Por tanto, lo que hay que saber es de dónde viene la avería. Debería usted hablar con la administradora de fincas, no sus inquilinas, sino usted, y explicarles el caso, para que el técnico de la empresa, pueda diagnosticar la avería y decidir a quien corresponde.

Eso para determinar si corresponde a usted o la comunidad.

Para saber si le corresponde a las inquilinas faltaría saber si se debe a un mal uso o a un desgaste normal, y dependerá del tiempo que llevaran residiendo en el piso. Si por ejemplo entraron en 2010 y ya le dijeron que estaba estropeado, a los dos meses, el gasto debe asumirlo usted (si no corresponde a la comunidad).

En todo caso no pueden permanecer más tiempo sin telefonillo porque pueden reclamar su reparación de forma menos amistosa

Ellas entraron en el 2005.

Entonces, el telefonillo funcionaba perfectamente. Cuando les renové en el 2010 es cuando me dijeron que lo tenían estropeado.

Ahora me dicen que lo siguen teniendo estropeado después de 2 años.

Yo en su momento ya hablé con el administrador y quedaron en que iría un técnico a verlo.

Al no volver a decirme nada supuse que estaría arreglado, y la verdad es que a mí éste tema se me había olvidado.

Pero pienso que no se solucionó nada entonces. Ya le digo, al no volverme a decir ellas nada, yo me olvidé.

Fue el otro día cuando me comentaron que aún lo tenían roto.

Antes de llamar al administrador, quería asegurarme de algunas cosas, y saber si yo a él le puedo decir que esa reparación quizá sea por cuenta de la comunidad en el caso de que la avería sea en el cableado externo.

Porque creo que él a ellas les dijo que eso corría por mi cuenta. Salvo que ellas me lo hayan dicho para desentenderse del pago.

Son buenas inquilinas. Llevan 7 años y pagan bien y me mantienen en buen estado el piso.

Por eso tengo amigos que me han recomendado que lo pague yo.

Y aún así, según me han dicho el pago de las averías en los telefonillos son siempre por cuenta del propietario y nunca del inquilino.

Pero esto me lo ha dicho gente que no es experta en alquileres, y por eso estaba aquí pidiendo una segunda opinión

Pues teniendo en cuenta lo que me dice, como propietaria debe hablar con el administrador y pedirle que le dé como mínimo el teléfono de la asistencia del portero automático, porque el suyo está estropeado. Que si quieren enviarlo ellos que lo hagan porque hay que saber si la avería es de su telefonillo o externa.

Podría basarse en el tiempo que llevan en que es gasto derivado del uso, y decirles que acometan ellas la reparación, pero no estaríamos en lo justo, y la ley, es muy vaga en cuanto a eso, por lo que al final, siempre se decide en base a la jurisprudencia (las sentencias de los jueces), que consideran que para saber si es un gasto extraordinario u ordinario y por tanto que debe pagar inquilino o propietario, hay que conocer también el importe del arreglo. Por ejemplo cambiar la caldera, por mucho que sea por uso, corresponde al propietario.

Y basándonos en eso, el telefonillo, también lo sería. Imagínese que a lo mejor es un simple resorte que tiene mal y que vale 50 euros y estamos aquí dos años ya con el portero roto.

Francamente, si tiene unas inquilinas que pagan puntualmente, lo cual hoy en día es una suerte, arréglelo pronto no sea que un día digan que se van porque no se lo ha solucionado. Y si le toca a la comunidad, que paguen ellos.

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Para saber si es responsabilidad de la comunidad o del propietario hay que determinar el origen de la avería, si la avería es en la parte interior de la vivienda incluido el telefonillo interior es del propietario, si es en la parte exterior es de la comunidad, aunque hay comunidades que acuerdan arreglar todo depende de los acuerdos adoptados en casos similares.

En caso que no sea arreglo de la comunidad, para saber si se lo puede repercutir al inquilino debe ver el contrato que alquiler y si dicho reparación es causa de un mal uso del inquilino o del desgaste normal, si fuera desgaste normal seria responsabilidad suya como norma general pero también debería consultar el contrato por si se establece lo contrario.

El administrador me comentó que la comunidad no tiene un contrato de mantenimiento de los telefonillos por lo que no sé si aún así suponiendo que sea avería en la parte externa a mi vivienda se podría repercutir en la comunidad el gasto???

En mi contrato, no pongo nada expresamente en cuanto a las averías, esto lo olvidé, aunque en éste sentido mis inquilinas en 7 años que llevan no me han ocasionado casi ningún problema. Sólo un cristal que se les rompió y poco más.

Según están de mal las cosas, he pensado en atención a que son buenas inquilinas y pagan muy bien, asumir yo el coste de la reparación, si es a mí a quien corresponde.

Es independiente que haya mantenimiento o no si es externo debe cubrilo la comunidad.

En la segunda parte coincido con usted si no tiene problemas con los inquilinos no le merece la pena reclamárselo porque puede ser un foco de problemas y actualmente no abundan los buenos inquilinos y que pagan en tiempo y forma.

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Lo primero que debes hacer es consultar en los estatutos de la comunidad para ver si se toca el tema de reparaciones en este tipo de aparatos. Si está CONTEMPLADO en los reglamentos de la comunidad este tipo de mantenimiento deben asumir los costos de la reparación.

Mientras haces la consulta verifica si los demás residentes tienen el mismo problema con este aparato. Si es general la falla entonces la comunidad tiene la obligación de hacer las reparaciones respectivas.

Si sólo se presenta en tu intercomunicador te corresponderá asumir la reparación del mismo.

Para orientarte mejor en el tema de reparación necesito saber si posees conocimientos de electricidad básica... porque de la forma que me lo planteas es una simple caida de voltaje en la fuente.

No te recomiendo hacer el gasto de un aparato nuevo hasta tanto no verifiques el voltaje de la fuente.

Por regla general toda comunidad debe tener un "listado de empresas que trabajan para ella y la póliza de garantía de los trabajos ejecutados" por lo tanto es con estas empresas que debes contactar para hablar del problema y su posible solución.

Gracias por tu respuesta. No entiendo de electricidad nada. El problema es que al llamar al telefonillo desde la entrada, la vivienda escucha el sonido y te pueden abrir, pero si yo hablo desde abajo, o ellas me hablan, no se escucha, y la imagen de la pantalla sale difuminada, sin nitidez.

Si es lo que usted indica " caída de voltaje en la fuente ". Me puede indicar a qué es debido esto?

Y cuál es la solución?

Y de ser éste el problema, es debido a la unidad central o sería problema de mi propio telefonillo?

¿Ya averiguaste con los vecinos si tienen la misma problemática que tú con el telefonillo?

Si hay varios vecinos que estén presentando la misma problemática te puedes relajar porque es a la comunidad quien debe asumir la reparación del daño.

Te recomiendo pedir prestado un telefonillo a un vecino e instalarlo en tu apartamento y hacer las pruebas de funcionamiento y te pueden ocurrir dos cosas:

1. Que el telefonillo del vecino funciones perfectamente... entonces debes reemplazar el tuyo.

2. Que el telefonillo del vecino presente la misma problemática... imagen difuminada.. etc... entonces el problema es de la instalación del tuyo y por lo tanto debes contactarte con la administración para averiguar con el proveedor de ese servicio y que te haga la reparación del mismo.

Mientras eso sucede consulta en el reglamento de la comunidad a quién le corresponde pagar las gastos de dicho trabajo.

Me dices que poco o nada sabes de electricidad y por eso te hago la recomendación de consultar con los proveedores del servicio... no sea que amplíes el daño con tu intervención en el cableado.

Si el problema es en el cableado y éste se encuentra en las zonas comunes o hace parte de las zonas comunes (según los reglamentos de la comunidad) debes pedir autorización a la administración para efectuar cualquier arreglo. Pero sí según los reglamentos de la comunidad es la Administración la encargada de las zonas comunes, le toca pagar todo el arreglo de tu telefonillo, incluso se debe cambiar todo el cableado para mejorar ese servicio.

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1.- La Comunidad, tiene que arreglar todo lo que sean elementos comunes.

2.- Habrá que ver si la avería está en la "Botonera" que hay en la fachada del Edificio o es una avería del teléfono que tiene instalado en su piso.

3.- Si es la botonera, la tiene que arreglar la Comunidad. Si es el teléfono instalado en su piso lo tiene que para usted.

Espero haber contestado a su pregunta.

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Efectivamente el arreglo no es cosa del inquilino, pero tampoco es de la comunidad de propietarios, corresponde al dueño de la vivienda ya que el telefonillo en si es privado de ese piso no es un elemento común del edificio.

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La reparación de las partes comunes de un edificio corresponde a la comunidad a no ser que el edificio entero sea de una sola persona, en cuyo caso le corresponde arreglarlo a esa persona.

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