Fotografías en contrato de alquiler

He comprobado que en el modelo de contrato de alquiler actualizado que idealista ha colgado en su web, aparece en el apartado segundo lo siguiente:

"se adjuntan fotografías de la vivienda a los efectos de dejar constancia del estado del inmueble en el momento del arriendo..."

¿Es obligatorio adjuntar fotografías de la vivienda o local en el contrato de alquiler?

Muchas gracias de antemano por su respuesta.

Alfonso.

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No es obligatorio incorporar fotografías, pero si es recomendable documentar lo mejor posible el estado inicial de la vivienda (pintura, desperfectos, etc).

Suerte.

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