Baja en Cooperativa

Quiero pedir la baja en una Cooperativa de Viviendas, y tras leer los Estatutos y la Ley de CCM (Madrid) veo que solo voy a recuperar mi dinero si presento a un socio. Ahora bien, he encontrado a una persona interesada, y la Cooperativa le dice que le dan el numero de socio 900 y pico, cuando el que yo dejo es el 700 y algo. La pregunta es (son):
- ¿Esto es legal? Por que no puedo cederle mi numero de socio (ojo, NO mi vivienda, ¿eso lo entiendo)?
- ¿Puedo cederle mi vivienda directamente si la pongo a disposición del Cjo. Rector y tras dos meses no encuentran a nadie?
- Me dicen que no me pueden dar el dinero porque todo esta invertido ("... Para eso nos lo dio...", añaden como rematando!). ¿Qué sucede si llega el momento de escriturar o pedir Hipoteca y AUN no me lo han dado?

2 respuestas

Respuesta
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Yo soy arquitecto en Galicia, y no jurista, así que no conozco demasiado bien el caso, de todos modos intenterá contestarte como mejor pueda:
- Supongo que le podrán asignar un número independientemente de que acoja la parte de participación en la cooperativa que dejas tu o no. Supongo que eso debería quedar claro cuando tu lo dejes y el se apunte.
- No se cuales son las condiciones para que puedas cederle la vivienda según los estatutos de la Cooperativa, en todo caso supongo que podrías cederle todos tus derechos en la cooperativa (incluso la vivienda que tengas asignada), lo mismo que si vendes la casa una vez finalizada.
- Si hay otro socio que asume tus obligaciones (incluso de pago) no veo razón para que no puedan reembolsarte el dinero.
Son respuestas basadas más en el sentido común y mis pocos conocimientos sobre el caso que en certezas. Deberías consultarlo con un abogado.
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Esta cuestión excede de mis conocimientos porque ademas para pronunciarme debería de conocer absolutamente todos los estatutos por lo que en principio te diría que si tienes esa persona que va a sustituirte y ella te abona a ti lo que llevas dado a cuenta en la cooperativa sera porque tu le estas cediendo la vivienda que en principio habías adquirido por lo que no veo el problema de que le asignen a el un numero de cooperativista distinto al tuyo, salvo que de eso dependa elegir una vivienda caso de que no la tengas asignada de antemano.
Es decir quizás lo propio seria la cesión de la vivienda sin que importara el nº de socio
es una simple opinión ya que no se mucho de cooperativas, lo mio es la fomalizacion de hipotecas.

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