Locales en una Comunidad
Soy nuevo presidente de una Comunidad sin Administrador. La finca tiene unos locales abajo. Según parece, estos locales nunca han pagado nada a la Comunidad. Al ver esto he conseguido la división horizontal y los locales, al igual que los pisos, tienen su coeficiente de participación en los gastos. Lógicamente, en dicha división ya se dice que los locales no participarán de ascensores, luz escalera y otras cosas que de lógica son internas de la escalera, pero no dice que se les excluya de seguro, cubierta, fachada, etc.
Puesto en contacto con un Administrador de dichos locales (en la división horiz. Dice que los locales se mantendrán las zonas de paso comunes, jardineras, etc. Y por lo visto tienen un administrador para que se lo haga), este Administrador nos dice que los locales no tienen porque contribuir con los gastos antes mencionados ya que alega que en su día, hace muchos años, cuando los pisos ni se habían vendido, se firmó un documento por el cuál los propietarios de los locales y los pisos en aquél momento, acordaban esta exclusión de gastos, pero en el registro de la propiedad no consta ninguna inscripción de dicho documento ni ninguna variación en los coeficientes de participación.
Por lo tanto, ¿puedo convocar a la próxima asamblea a los locales e incluirlos en el presupuesto de los gastos generales de seguro?. Si mi comunidad contrata un administrador, ¿he de suponer que también deberán participar en la parte que les corresponda al ser un gasto general?
El documento firmado en su día por no se sabe quién, ¿tiene alguna validez al no haber sido inscrito en el registro?
Puesto en contacto con un Administrador de dichos locales (en la división horiz. Dice que los locales se mantendrán las zonas de paso comunes, jardineras, etc. Y por lo visto tienen un administrador para que se lo haga), este Administrador nos dice que los locales no tienen porque contribuir con los gastos antes mencionados ya que alega que en su día, hace muchos años, cuando los pisos ni se habían vendido, se firmó un documento por el cuál los propietarios de los locales y los pisos en aquél momento, acordaban esta exclusión de gastos, pero en el registro de la propiedad no consta ninguna inscripción de dicho documento ni ninguna variación en los coeficientes de participación.
Por lo tanto, ¿puedo convocar a la próxima asamblea a los locales e incluirlos en el presupuesto de los gastos generales de seguro?. Si mi comunidad contrata un administrador, ¿he de suponer que también deberán participar en la parte que les corresponda al ser un gasto general?
El documento firmado en su día por no se sabe quién, ¿tiene alguna validez al no haber sido inscrito en el registro?
Respuesta de Ignacio Platero
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Respuesta de canota52
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