Servidumbres

Me puedes decir por favor,¿cuándo una persona azquiere derechos de servidumbre sobre la propiedad de la otra persona?.
Respuesta
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Existen en forma general, se conocen dos procedimientos históricamente, válidos:
1. Cuando por medio de escritura pública se adquiere dicho derecho: Tu le compras el espacio requerido para tu servidumbre.
2. Por el uso de esa propiedad, espacio de servidumbre, durante un lapso de tiempo que determina la ley: Habitualmente existen "recorridos o zonas de transito" que históricamente han servido de servidumbre aún pasando por el medio de una propiedad privada.
Este segunda forma es bastante compleja para demostrar y para ilustrarlo: Un vecino tenía un terreno y para acortar camino los lugareños hicieron "travesía" por el medio de su propiedad. En el momento que hizo una construcción los lugareños lo demandaron porque esa era una servidumbre. El pleito legal favoreció a los lugareños, lógico que mientras duraba el alegato le suspendieron todas las licencias de construcción que ya habían sido otorgadas por las autoridades competentes, y finalmente de hicieron modificar los planos originales haciéndole respetar esa servidumbre. Conclusión del asunto: Su propiedad quedó dividida en dos partes. Posteriormente el Ministerio de Planeación Municipal decide convertir esa servidumbre en "vía vehicular" y le tocó demoler parte de la construcción ya hecha para dar paso a la carretera.
Espero que te quede ilustrado el tema. Si tienes otra pregunta más específica no dudes en volverme a consultar.

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