Lavadora en terraza, ¿Es legal?

Escribo para saber si es legal instalar una lavadora en la terraza de una comunidad en San Sebastián, Guipúzcoa. Sé que está la ley de propiedad horizontal, las posibles ordenanzas municipales y los estatutos de la comunidad. En principio, no he encontrado ordenanza municipal que lo prohíba y los estatutos de la comunidad tampoco tocan el tema. Y mirando, la ley de propiedad horizontal no he encontrado nada.
      En todo caso, la instalación a la que me refiero está perfectamente realizada puesto que desagua en el desagüe de la cocina.

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Vaya por delante que es la primera vez que se me da un caso así pero la lógica jurídica debe funcionar para todo igual.
Entiendo que, en cuanto no afecta a elementos comunes (desagüe u otras conducciones pues la engancha al propio), ni tiene porque resultar molesta a los demás vecinos del edificio (si su uso es a horas normales, no por la noche por ejemplo), ni una lavadora se puede considerar de instalación fija pues puede ser retirada en cualquier momento, pues teiendo enc uenta estos puntos, y si no hay nada en contra (estatutos, escrituras, lph, etc) no se lo pueden prohibir. Pero estro no quita para que lo intenten, ¿eh? Es un caso muy apropiado para debate "comunitario"
Que vaya todo bien.
Pero cumpliendo todos los supuestos que usted indica, ¿qué significaría que lo intenten? Llevarlo a junta, ¿y allí que es lo que puede suceder?.
Un saludo
Que lo inteneten significa que la LPH por lo general, no especifica claramente casi nunca qué vale y qué no vale; es decir, la junta podría considerar que una lavadora en una terraza es una actividad molesta luego estar prohibida como tal... La Ley no dice que actividades son molestas y cuales no. Si le matizaría algo; si la terraza es a fachada principal, preocúpese y mucho de que no se vea nada en absoluto desde el exterior pues se podría encontrar entonces con alguien más incómodo que la propia comunidad; el entrañablle departamento de urbanismo de Donostia y ahí, si que no tiene nada o poco que hacer.
No, la lavadora no se ve ni desde la calle ni desde un helicóptero porque se trata de un 5º piso. Ademas al hacer la instalación de la caldera de gas (que está justo encima de la lavadora) se hizo un cerramiento de aluminio marrón (del mismo color que la fachada) para interceder lo menos posible en la estética del edificio.
Por otro lado, el tema de que sea molesto. Efectivamente, como usted indicaba en su primera respuesta, podría tratarse de una actividad molesta si excediera la contaminación acústica debida a la lavadora (que es nueva y no hace casi ruido) los niveles sonoros indicados en la ordenanza municipal; pero si eso no sucede, ¿entiendo qué no se puede considerar molesto no?
La cuestión es que hemos tenido la desgracia de topar con una vecina "tocanarices" que no acepta ver 8cm. del tubo de escape de la caldera desde su balcón y como ha comprobado que eso cumple la normativa, pues está intentando tocarnos las narices ahora con la lavadora. Vamos, un "sol".
Muchas gracias por la rapidez en las respuestas
Pues nada, adelante con la lavadora; para su cocina seguro es un desahogo de espacio; probablemente a su vecina le rabie no haber pensado ella en esta solución...

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