Comunidad que no repara averías del edificio

Hasta el mes de octubre del presente año he tenido en alquiler una vivienda. Los inquilinos han dejado mi vivienda porque hay goteras que la comunidad, desde hace más de un año, no ha reparado. Los inquilinos me han dejado una carta firmada con su NIE indicando que dejan la vivienda por este motivo.
En la comunidad hemos tenido 2 administradores de fincas. Con el primero quedamos muy descontentos por diferentes motivos y en el mes de marzo entró un nuevo administrador.
Desde su llegada hemos tenido varias reuniones y en la última celebrada en el mes de noviembre, quedó en que en diciembre quedaría todo solucionado pues se ha aprobado por fin una derrama para poder reparar el tejado.
El caso es que en esta semana he acudido a hablar con él porque las obras no han empezado. Transmite que todavía no hay dinero suficiente (la derrama se pagará en recibos extras hasta marzo) y al parecer, la obras no van a empezar MÍNIMO hasta enero. Le he comentado que quiero pedir responsabilidades a la comunidad pues, además de perder a mis inquilinos, no puedo alquilar el piso con las goteras, y él no parece tomarme en serio.
Me gustaría saber si puedo acogerme a algún artículo de la ley de propiedad horizontal donde se indique que la comunidad debe mantener adecuadamente el edificio y dónde debería presentar el escrito reclamando responsabilidades por el incumplimiento de esta obligación si es que es posible.

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En este caso, nos encontramos en mi opinión ante una situación que, aunque la comunidad haya iniciado los trámites para solventar, a ud. le esta proviocandop unos daños económicos que tienen derecho a ser resarcidos.
Le queda acudri a la vía judicial con documentación suficiente que demuestre dicho perjuicio, por ejemplo, la carta de rescisión unilateral del contrato de earrendamiento.
Le adjunto un extracto de una sentencia de la AP de Toledo que le puede servir de base jurídica entre otras
AP Toledo, Sec. 1.ª, 390/2001, 5-12-2001
indemnización por resolución de arrendamientos como consecuencia de humos producidos por el local del demandado
"... Se llega a la conclusión de que, como consecuencia de los humos y el hollín, así como las altas temperaturas, generadas por el establecimiento del demandado, las viviendas propiedad del demandante, situadas encima de este local, resultaron inhabitables en un determinado momento, circunstancia que determinó que los inquilinos que ocupaban el inmueble resolvieran el contrato de arrendamiento que habían celebrado con el actor, y que lógicamente impidió que el actor pudiera alquilar nuevamente las viviendas hasta que el demandado, a requerimiento del Ayuntamiento y del actor, procedió a realizar las obras de aislamiento y adecuación necesarias para evitar tales inmisiones, como él mismo reconoce en prueba de confesión. Por lo tanto, la ganancia dejada de obtener por el demandante, y la imputación de este daño patrimonial al demandado, se encuentran plenamente acreditadas en autos, quedando razonablemente cuantificada la indemnización en el importe de la renta que se había convenido y satisfecho por el último arrendatario, durante el expresado periodo de inhabitabilidad del inmueble ..."

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