Ampliación ventana baño en patio interior

En el edificio donde vivo hay 6 patios interiores y en varios de los otros ya realizaron algunos vecinos (sin pedir permiso a la comunidad) ampliación de la ventana del baño que da a esos patios interiores en vertical sin que ocurriese nada. Este año yo soy la presidenta de dicha comunidad y por deferencia pedí permiso para hacerlo pensando que con el precedente creado de los otros vecinos no habría problema y cual fue mi sorpresa al ver que me dijeron que NO! Aún así yo he ampliado igual la ventana, pero mi vecina dice que me va a denunciar... ¿qué puedo o tengo que hacer?... GRACIAS...
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La modificación de la fachada de un edificio debe contar, tanto con la aprobación de la Comunidad, como con una licencia municipal.
Si su vecina le denuncia, seguramente se producirá una inspección de un técnico municipal, que detectará (y si no, usted se lo hace notar) que son varios los vecinos que han efectuado esa ampliación.
Luego pueden darse dos casos:
- Que les obliguen a todos a restituir esa fachada del patio a su estado original.
- Que les obliguen a legalizar ese cambio de las fachadas.

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Sé que me tienes que valorar en la respuesta, pero soy de la opinión de que hay que hablar lo más claro posible.
Tu misma indicas que has realizado las obras con la decisión en contra de la Junta. La obra por tanto no esta autorizada y no se podía realizar.
El hecho de que otros vecinos no cumplieran el procedimiento no te autoriza a tomar ese camino inadecuado.
El transcurso del tiempo sin que nadie hiciera nada contra las obras ilegales tampoco las legitima. Es más, el tiempo para poder interponer una demanda contra el propietario que realizo esas obras no tiene caducidad. Estarían legitimados para poder demandarte cualquier vecino a titulo particular, como la propia Comunidad en su conjunto si así se aprobara. Creo que me he explicado con la suficiente claridad, la obra no se puede realizar pues no estas autorizada para ello.
Ahora bien, como tampoco conozco la envergadura de la modificación, (tu tienes que valorarlo) todo puede resultar una nimiedad, algo sin importancia, por lo que tal vez no entre ni tan siquiera en la capacidad de decisión de la Junta la aprobación o no de esa modificación.
Es habitual en las comunidades, como medio de defensa frente al propio incumplimiento, el alegar que antes ya se habían cometido otro tipo de irregularidades mayores o similares que no se habían denunciado. En los tribunales hay jurisprudencia que precisamente estima estos "agravios comparativos", en los que no se comprende que se demande por el incumplimiento a un vecino pero no a los otros, desestimando la demanda interpuesta.
Quiero que te quede claro, que lo normal seria que te condenasen en caso de demanda a restituir el deslunado a la situación inicial.
La primera parte de la respuesta te la doy como administrador, la segunda más bien como abogado buscando criterios que te pudieran "favorecer" frente a la demanda.
Un saludo y espero poder haberte ayudado.
Cuando consideres solucionada la pregunta, no se te olvide valorarla liberando la respuesta.
Te quería comentar ademas,
En la Ley de Propiedad Horizontal, en el articulo nueve se establecen las obligaciones de los propietarios y se establece:
Artículo 9
1. Son obligaciones de cada propietario:
a) Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos
g) Observar la diligencia debida en el uso del inmueble y en sus relaciones con los demás titulares y responder ante éstos de las infracciones cometidas y de los daños causados.
Finalmente y en base a las ultimas razones que te he expuesto, considero un argumento a tu favor el haber sometido a la deliberación de la Junta la aprobación de la obra que ibas a realizar, aunque quedo claro que no te la autorizaron.
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Lo mejor que puedes hacer es esperar a ver si es verdad que te denuncian, si esto es así y como dices ya existen otras ventanas en las mismas condiciones, lo lógico es que no te preocupes.
Ya que eres Presidenta, deberías leer el libro de actas y ver si en alguna reunión se ha dicho o estipulado algo al respecto, para ir sobre seguro.
En el caso de que te denunciaran "que lo pongo en duda", tú abogado, que puede ser de oficio, tiene una oposición muy fácil puesto que existe un agravio comparativo con respecto al resto de los propietarios que ya han modificado la ventana, por ello tu abogado podría pedir que si te hacen cerrar la ventana a su estado primitivo, debe solicitar que se haga con todos los demás, por lo tanto considero que es bastante fácil de ganar.
No obstante te diré que la alteración de elementos comunes NO ESTA PERMITIDA.
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La pregunta es de asunto jurídico, no técnico, lo mejor es que preguntes directamente a algún abogado del foro, es posible que los administradors de fincas también tengan experiencia con estos asuntos.

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