Uso de las llaves de una comunidad

En la comunidad en que vivo tenemos instalada un antena parabólica comunal de C+ en una zona independiente y de acceso directo. Hace una semana me han instalado C+ y dado que tengo problemas en la recepción de señal, tras testarla los técnicos me indican que el problema debe estar en la parabólica, y aquí comienza mi verdadero problema, ante la ausencia por vacaciones del administrador, ningún presidente, somos 17 edificios con optros tantos presidentes y una Mancomunidad que aglutina a todos, nadie sabe quien tiene las llaves. En el tablón de anuncios que existe en cada patio no lo pone, El Presidemnte de mi escalera, que es Vicepresidente General tampoco sabe nada, pues nadie le informó. Finalmente consigo enterarme que es la vecina del ático de la puerta de al lado a la de acceso al cuarto de telecomunicaciones, pero..., pone todos los inconvenientes del mundo, pide estar presente, por lo que el técnico debe ajustarse a la hora que a la Sra le venga bien, por supuesto niega dejárselas a ningún vecino, le pide al técnico si DNI y una tarjeta de la empresa, etc..
Sus arguimmentos, me los manifiesta ella, que hace años allí entraban muchas personas y estropeaban los aparatos, debían de estropearlos poco ya que yo nunca tuve falta de señal del resto de las cadenas de TV en mi casa
Cuando se marcha no deja las llaves a nadie
Luego me entero que la verdadera razón de los inconvenientes vienen dados por que, según ella, desde el tejado en el que se encuentra la parabólica se podría saltar a su terraza, y así mismo que esto lo hace con el consentimiernto de los administradores.
Por ello les agradcería me informaran de si puedo exigie me presten las llaves cada vez que las necesite (y esta es la primeta en diez años)

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La Ley de Propiedad Horizontal establece, en su artículo 9.1, como parte de las obligaciones de cada copropietario permitir reparaciones y servidumbres en las instalaciones comunes, aunque para ello tengan que facilitar el acceso a su vivienda. De este modo, la reparación que usted nos comenta no debería encontrar ninguna dificultad en este aspecto. En cuanto al acceso a las zonas comunes, el presidente o el administrador deben facilitárselo en la forma que estimen oportuna, pero a conveniencia de las partes. No hay normas rígidas al respecto, pero una buena formulación sería que, o bien uno de ellos o algún empleado de la finca, se encargue de permitir la entrada de los técnicos para proceder a la reparación que necesita. Tampoco vemos razones que justificasen una negativa al préstamo de las llaves para esta actuación.

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