¿Puedo colocar dos buzones en una vivienda?

Mi pregunta es acerca de la vivienda en la que vivo. En ella vivimos dos familias pero está declarada como una única es decir, hay un contador, pagamos unas basuras, un IBI, un buzón... Y a siempre vista se ve una casa normal y corriente. En ella, como he dicho antes, vivimos dos familias pero cada una en su parte y separados, tan solo compartimos la entrada y pequeño jardín, cada uno tiene su garaje y su vivienda.

Mi pregunta es: ¿Puedo colocar otro buzón al lado del que ya existe? Me gustaría poder recibir mi correspondencia y poder abrir yo mi buzón. No tengo llaves del actual y tampoco las quiero para no crear dudas de ningún tipo. ¿Podrían sancionarnos a nivel municipal o similar por poner dos buzones?

Respuesta
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Se me escapa dicha legislación lo que si puede poner como se suele hacer, es su buzón con su nombre para que el cartero eche las cartas en él.

Esa es mi duda, si puedo colocar otro buzón distinto al que ya hay con mi nombre. Es decir, que en la vivienda, que es una, haya dos buzones afuera. ¿Esto es posible?

Por ser elemento común debe pedir permiso a la comunidad.

Siento mucho que no me explique bien. No es una comunidad, somos una familia (hermano y hermana con correspondiente pareja e hija) de 6 personas en total. Tres de nosotros vivimos en una mitad de la vivienda y los otros tres en la otra mitad, pero es una única vivienda, declarada como una sola y a simple vista es una, por tanto un IBI, una basura, una entrada, un contador... y un buzón. Ahora yo pregunto, si yo coloco un buzón al lado del que ya existe a nivel municipal o similar o superior, me pueden pedir explicaciones de que somos dos familias, exigir que hay que pagar dos impuestos que... ¿ME HE EXPLICADO MEJOR?

llevo mucho tiempo esperando respuesta ante esta duda y no hay persona, equipo, órgano,... que me responda con firmeza, pues mi deseo es poner un buzón con el nombre de mi familia y poder así recibir mi correspondencia.

Muchas, muchas gracias!

Lamento no poder ayudarle pues la cuestión que nos hace no entra en las comunidades de vecinos, sino que es competencia de la oficina de correos y del ayuntamiento en el que vive, a donde deberá dirigirse para que se lo aclaren.

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